Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 52

Fecha del Boletín 
03-03-2010

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100303-47

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE COLMENAR VIEJO

URBANISMO

47
Modificación del Plan Parcial del Sector número 8

La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 10 de febrero de 2010, adoptó el siguiente acuerdo:

Primero.—Aprobar inicialmente el expediente de modificación (segunda) del Plan Parcial del Sector número 8: Navallar, de manera que las características de las parcelas resultantes se acomoden a las prescripciones de la normativa en materia de Viviendas de Protección Pública, Decreto 74/2009, de 30 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Viviendas con Protección Pública de la Comunidad de Madrid.

Segundo.—Su sometimiento a período de información pública por un plazo de un mes, mediante la inserción de anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en diario de difusión nacional y tablón de edictos.

Todo ello en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 57, 59, 61 y 69 de la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid, y 21 de la Ley 7/1985, de Bases del Régimen Local, en la redacción dada por la Ley 57/2003, de Modernización del Gobierno Local.

Lo que se publica a fin de que cuantas personas se consideren interesadas puedan examinar el expediente durante el plazo indicado, en el Servicio de Urbanismo del Ayuntamiento, plaza del Pueblo, número 1, segunda planta, en las mañanas de los días hábiles (excepto sábados), a partir del día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como formular por escrito, que habrá de presentarse en el Registro General del mismo o de cualquier otra forma admitida por el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, cuantas alegaciones estimen pertinentes en defensa de sus derechos.

Colmenar Viejo, a 16 de febrero de 2010.—El alcalde, José María de Federico Corral.

(02/1.712/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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