Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 52

Fecha del Boletín 
03-03-2010

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100303-154

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

154
Demanda 1.630 de 2008

Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.630 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Isidro Sánchez Morales, contra la empresa “Juan Ros Distribuciones, Sociedad Limitada”, don Francisco Roldán Santías, don Julián José Barrios Sánchez, doña María Luisa Castrillo Núñez y “Sociedad General Española de Librería, Diarios, Revistas y Publicidad, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Sentencia número 68 de 2010

En Madrid, a 29 de enero de 2010.—Doña María del Carmen Camargo Sánchez, magistrada-juez sustituta del Juzgado de lo social número 12 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre demanda de indemnización por despido colectivo, entre partes: de una, y como demandante, don Isidro Sánchez Morales, que comparece con asistencia del letrado don Luis Suárez Machota, y otra, como demandados, “Juan Ros Distribuciones, Sociedad Anónima”, que no comparece, los administradores concursales don Francisco Roldán Santías, don Julián José Barrios Sánchez y doña María Luisa Castrillo Núñez, que no comparecen, y “Sociedad General Española de Librería, Diarios, Revistas y Publicidad, Sociedad Anónima”, que comparece representada por la letrada doña Isabel Muñoz Vega, y por el Fondo de Garantía Salarial comparece don Alejandro Angosto, en nombre de Su Majestad el Rey ha dictado la siguiente sentencia:

Fallo

Que debo declarar y declaro la incompetencia de este Juzgado de la jurisdicción social para conocer de la demanda planteada por el actor don Isidro Sánchez Morales, por entender que corresponde a la jurisdicción mercantil, absteniéndome de entrar a conocer en el fondo del asunto.

Contra esta sentencia cabe la interposición de recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que se anunciará dentro de los cinco días siguiente a su notificación, bastando para ello la manifestación de la parte, de su abogado o representante en el momento de la notificación, pudiendo hacerlo también estas personas por comparecencia o por escrito ante este Juzgado en el mismo plazo.

Si la parte recurrente es la empresa, se acompañará al anuncio justificante de haber ingresado 150,25 euros en la cuenta de este Juzgado, en la sucursal de “Banco Español de Crédito”, de la calle Orense, número 19, de Madrid, así como en el supuesto de no gozar de justicia gratuita, además deberá acreditar el recurrente haber consignado en la misma entidad bancaria la cantidad objeto de condena.

Al hacer el anuncio se designará por escrito o comparecencia al letrado que dirija el recurso, y si no se hiciera se designará de oficio.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a los destinatarios que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Juan Ros Distribuciones, Sociedad Limitada”, don Francisco Roldán Santías, don Julián José Barrios Sánchez, doña María Luisa Castrillo Núñez y “Sociedad General Española de Librería, Diarios, Revistas y Publicidad, Sociedad Anónima”,, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 2 de febrero de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/5.546/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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