Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 53

Fecha del Boletín 
04-03-2010

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100304-204

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 17

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

204
Demanda 1.336 de 2008

Doña Paloma Muñiz Carrión, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 17 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.336 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Aitor de Frutos de Frutos, contra don David Ortega Valero, don Francisco Javier Ortega Valero y “Las Cosas Bien Hechas, Comunidad de Bienes”, sobre ordinario, se ha dictado resolución de fecha 2 de febrero de 2010, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Que estimando la demanda formulada por don Aitor de Frutos de Frutos, contra “Las Cosas Bien Hechas, Comunidad de Bienes”, y sus comuneros, don Francisco Javier Ortega Valero y don David Ortega Valero, debo condenar y condeno solidariamente a “Las Cosas Bien Hechas, Comunidad de Bienes”, y sus comuneros, don Francisco Javier Ortega Valero y don David Ortega Valero, a que abonen al actor la cantidad de 1.957,39 euros, más el 10 por 100 correspondiente en concepto de interés por mora.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y frente a ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando la manifestación de la parte o de su abogado o representante dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado en la entidad “Banesto”, sita en la calle Orense, número 19, con el número 2515.

Asimismo, deberá en el momento de interponer el recurso consignar la suma de 150,25 euros en concepto de depósito en la anterior cuenta.

Se advierte a los destinatarios que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a don David Ortega Valero, don Francisco Javier Ortega Valero y “Las Cosas Bien Hechas, Comunidad de Bienes”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 3 de febrero de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/5.732/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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