Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 56

Fecha del Boletín 
08-03-2010

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100308-85

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN FERNANDO DE HENARES

URBANISMO

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Proyecto reparcelación del ámbito del Plan Parcial del sector SUP-I-2

La Junta de Gobierno Local de San Femando de Henares, en su sesión ordinaria celebrada el día 10 de febrero de 2010, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo, de conformidad con la propuesta formulada por el concejal-delegado de Política Territorial, que es el siguiente: aprobar inicialmente el proyecto de reparcelación del ámbito del Plan Parcial del sector SUP-I-2, de San Femando de Henares.

Someter dicho proyecto a información pública por plazo de veinte días, mediante inserción de anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en un periódico de los de mayor circulación de la provincia con notificación individualizada a los propietarios incluidos dentro del ámbito de la unidad.

Durante el plazo de información pública se deberán subsanar las siguientes deficiencias:

— Deberá presentar el topográfico de las parcelas aportadas para justificar la diferencia de superficie.

— En las fincas resultantes se deberá determinar la finca de procedencia.

— Las cargas de las fincas de procedencia número 27.262 y 3.045, deberán ser recogidas en las de resultado. Dado que las parcelas de procedencia dan lugar a más de una finca de resultado, se deberá determinar la forma de trasladar dichas cargas, debiendo esta ser aceptada por las personas físicas y jurídicas que aparecen en las mismas, que serán tenidas por interesadas en el procedimiento y notificadas individualmente.

— Asimismo, se deberá establecer y describir en cada finca de resultado las afecciones urbanísticas y económicas y el coeficiente de participación en los gastos de conservación.

— Aclarar el concepto de participación y cuota de propiedad.

— En los criterios de valoración de los derechos afectados, apartado 8.2, falta los costes de conservación.

— Aclarar en el apartado 8.7 de liquidación provisional la indemnización por exceso o defecto de adjudicación.

— Aclarar la titularidad del camino de Campsa.

— Ajustar las cesiones de las redes supramunicipales a lo aprobado en el Plan parcial (PP 24188,40, PR 2312,82).

— La adjudicación de las redes supramunicipales se deben hacer adjudicar a la Comunidad de Madrid, tal y como se establece en el Plan Parcial.

— Hay que ajustar las cesiones de las redes generales y locales a lo aprobado en el Plan Parcial.

— Tendrá que determinar la forma de pago a la Comunidad de Madrid de los 18.724,42 metros cuadrados de cesión de las VIS.

— En las fichas correspondientes a los suelos de equipamientos se tendrá que determinar la ocupación y la edificabilidad y usos así como en los suelos verdes y de espacios libres.

— Se observa que la Junta no ha reservado ningún suelo para centros de transformación, con el fin de cederlos posteriormente a las compañías suministradoras.

— Antes de la aprobación definitiva se tendrá que formalizar la compra de terreno al Ayuntamiento proveniente de la asignación de redes de 53.436,26 metros cuadrados.

Sometida a votación la propuesta de referencia, resultó aprobada por unanimidad.

Lo que le notifico para su conocimiento y efectos oportunos, comunicándole que el ­expediente se podrá consultar en el Departamento de Urbanismo, de lunes a viernes, en horario de nueve a catorce, durante veinte días desde el recibo de la presente notificación.

En San Fernando de Henares, a 16 de febrero de 2010.—El concejal-delegado de ­Política Territorial, Joaquín Martínez Martínez.

(02/1.988/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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