Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 57

Fecha del Boletín 
09-03-2010

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100309-503

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 31

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

503
Demanda 1.680 de 2009

Don José Luis Sanz Hernández, secretario judicial del Juzgado de lo social número 31 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.680 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Rosa María Garrido del Olmo, contra doña Marina de Paco Pingarrón y “Darocca Obra y Desarrollo, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

Que estimando la demanda interpuesta por doña Rosa María Garrido del Olmo, contra la mercantil “Darocca Obra y Desarrollo, Sociedad Limitada”, y contra su administradora doña Marina de Paco Pingarrón, debo declarar y declaro improcedente el despido de la actora y, siendo imposible la readmisión, declaro extinguida la relación laboral entres las partes en la fecha de la presente resolución, y condeno a la empresa demandada a que indemnice a la actora en la suma de 9.240 euros, así como al abono de los salarios de tramitación desde la fecha del despido (31 de octubre de 2009) hasta al presente resolución a razón de 56 euros por día.

Asimismo, debo absolver y absuelvo a doña Marina de Paco Pingarrón de todos los pronunciamientos deducidos en su contra.

Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a doña Marina de Paco Pingarrón y “Darocca Obra y Desarrollo, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 2 de febrero de 2010.—El secretario judicial (firmado).

(03/6.664/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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