Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 57

Fecha del Boletín 
09-03-2010

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100309-543

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 35

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

543
Demanda 1.136 de 2009

Doña Gracia Fernández Morán, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 35 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.136 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don David Negueruela Samaniego, contra la empresa “Promoción y Gestión de Terrenos Siglo XXI, Sociedad Anónima”, y “Comercial Férrica, Sociedad Anónima”, sobre despido, se han dictado las siguientes resoluciones:

Providencia

Ilustrísimo magistrado-juez de lo social, don José Antonio Capilla Bolaños.—En Madrid, a 27 de enero de 2010.

Por presentado el anterior escrito de interposición, se tiene por formalizado en tiempo y forma el recurso de suplicación interpuesto en su día por la parte demandante contra la sentencia dictada en este proceso.

Se acuerda formar pieza separada que se encabezará con testimonio de la resolución recurrida y dar traslado del escrito de formalización a la parte contraria para su impugnación, si así le conviniere, en término de cinco días, impugnación que deberá llevar firma de letrado para su admisión a trámite, y transcurrido dicho plazo, háyase o no presentado impugnación (artículo 195 de la Ley de Procedimiento Laboral), elévense las actuaciones, con atento oficio al citado tribunal para la sustanciación del mismo.

Se advierte a las partes para que señalen en su escrito de impugnación domicilio en la sede del Tribunal Superior de Justicia de esta Comunidad Autónoma a los efectos previstos en el artículo 196 de la Ley de Procedimiento Laboral, y que deberán presentar tantas copias cuantas partes intervengan en el procedimiento.

Habiendo sido devuelto por el servicio de correos al sobre de notificación de la providencia de 14 de diciembre de 2009 a la codemandada “Promoción y Gestión de Terrenos Siglo XXI, Sociedad Anónima”, y constando en la base de datos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria como domicilio social y fiscal en la calle Siete Picos, número 19, planta baja, de Las Rozas de Madrid, remítase esa resolución y la presente al referido domicilio.

Notifíquese a las partes.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Si el recurrente no tiene la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá al tiempo de interponer el recurso haber consignado la cantidad de 25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en “Banesto”, de la calle Orense, número 19, de Madrid, número de cuenta 2808/0000/00/1136/09, haciendo constar en el ingreso el tipo de recurso y la fecha de la resolución recurrida.

Providencia

Ilustrísimo magistrado-juez de lo social, don José Antonio Capilla Bolaños.—En Madrid, a 14 de diciembre de 2009.

Se tiene por anunciado recurso de suplicación por la parte demandante contra la sentencia dictada en este proceso.

Queden los autos en esta Secretaría a disposición del letrado don Luis Miguel Vázquez Carus, designado por la parte recurrente, para que en el plazo de una audiencia se haga cargo de ellos e interponga el recurso en los diez días siguientes al del vencimiento de dicha audiencia, que correrán cualquiera que sea el momento en que se retiren los autos puestos a su disposición. De no efectuarse lo que antecede en tiempo y forma, se tendrá a la parte recurrente por desistida del recurso.

Se le advierte para que en su escrito de formalización señale un domicilio en la localidad en que radica la sede del Tribunal Superior de Justicia conforme dispone el artículo 196 de la Ley de Procedimiento Laboral, y presente tantas copias del mismo cuantas sean las partes recurridas (artículo 194 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Notifíquese esta resolución a las partes.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla.

Si el recurrente no tiene la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, deberá al tiempo de interponer el recurso, haber consignado la cantidad de 25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en “Banesto”, de la calle Orense, número 19, de Madrid, número de cuenta 2808/0000/00/1136/09, haciendo constar en el ingreso el tipo de recurso y la fecha de la resolución recurrida.—La secretaria judicial (firmado).—El magistrado-juez de lo social (firmado).

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Promoción y Gestión de Terrenos Siglo XXI, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 8 de febrero de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/6.681/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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