Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 57

Fecha del Boletín 
09-03-2010

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100309-134

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN LORENZO DE EL ESCORIAL

URBANISMO

134
Proyecto urbanización SAU-2, Área de Actividad

La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 14 de enero de 2010, ha adoptado acuerdo por el que se aprueba definitivamente el proyecto de urbanización del SAU-2 “Área de Actividad” de este municipio, cuya parte dispositiva dice:

1. Desestimar las alegaciones presentadas por don Germán Asúa Lomba, doña Ana de Prado Neira, don Luis Aguirre González, doña Leonore Ann Norton, la Agrupación Socialista de San Lorenzo de El Escorial, doña Gloria Piñas Azpitarte, doña Elena Prota Villacañas, doña Lilia Paloma Maure Rubio, doña Carmen Espinosa de la Fuente, don Michael Harris y la Asociación Entorno Escorial.

2. Aprobar definitivamente el proyecto de urbanización del SAU-2 “Área de Actividad”, redactado por el arquitecto don Luis Molinero Rodríguez, visado por el COAM el día 7 de marzo de 2007, así como sus anexos (Estudio Geotécnico, Estudio Hidrológico y proyecto de rehabilitación de la Cerca Histórica de Felipe II), en los mismos términos y con las condiciones que fue inicialmente aprobado por esta Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 14 de julio de 2009.

3. Para la ejecución material de las obras de urbanización deberán obtenerse, en su caso, los permisos y autorizaciones que, en su caso, exija la legislación sectorial que resulte aplicable. Asimismo, en la ejecución de las obras de urbanización se dará cumplimiento a cuantas determinaciones han sido impuestas en el acuerdo de aprobación del Plan Parcial del SAU-2 “Área de Actividad” por la Comisión de Urbanismo de Madrid, en los informes sectoriales emitidos con ocasión de la aprobación del citado Plan Parcial y en los evacuados en relación con el proyecto de urbanización, especialmente los emitidos por la Dirección General de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid, o resulten de las autorizaciones y permisos que se soliciten con ocasión de la ejecución material de las obras.

4. Requerir a la Junta de Compensación del SAU-2 “Área de Actividad” para que, con anterioridad a la iniciación de las obras de urbanización, deposite la garantía a que se refiere el artículo 108 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

5. Notificar y publicar el presente acuerdo en los términos legalmente establecidos.

Contra este acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día ­siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, ante el órgano que lo dictó, o bien, directamente, recurso contencioso­administrativo en el plazo de dos meses desde la misma fecha, antes los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid. En el caso de interponerse el recurso de reposición con carácter potestativo, no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo hasta que recaiga resolución expresa sobre el mismo o transcurra el plazo señalado para la resolución del mismo.

No obstante, se podrá interponer cualquier otro recurso que se estime procedente.

San Lorenzo de El Escorial, a 18 de febrero de 2010.—El alcalde, José Luis Fernández­Quejo del Pozo.

(02/1.925/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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