Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 57

Fecha del Boletín 
09-03-2010

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100309-513

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 33

EDICTO

513
Ejecución 180 de 2009

Doña María Teresa Domínguez Velasco, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 33 de Madrid.

Hace saber: Que en este Juzgado se siguen autos con el número 877 de 2009, hoy ejecución número 180 de 2009, a instancias de doña Ninfa Raquel Camino García y doña María Teresa Rodríguez Oñate, contra la empresa “Suprasport, Sociedad Limitada”, en reclamación por ordinario, en los que en fecha 9 de febrero de 2010 se ha dictado auto, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

En atención a lo expuesto, se acuerda:

a) Declarar a la ejecutada “Suprasport, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia total, con carácter provisional, por importe de 19.370,09 euros. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.

b) Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada.

Notifíquese esta resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndose que frente a la misma cabe recurso de reposición en el plazo de cinco días hábiles ante este Juzgado. Y una vez firme, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante para que surta efectos ante el Fondo de Garantía Salarial.

Así lo manda y firma su señoría ilustrísima. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—El ilustrísimo magistrado-juez de lo social (firmado).

Y para que le sirva de notificación a “Suprasport, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente en Madrid, a 9 de febrero de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/6.464/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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