Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 58

Fecha del Boletín 
10-03-2010

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100310-404

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÁLAGA NÚMERO 2

EDICTO

404
Despidos 171 de 2010

Doña María Mercedes Pérez Lisbona, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Málaga.

Hago saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 171 de 2010, a instancias de la parte actora, doña Ana Belén Maldonado Gallego, contra “Tecnologías y Servicios Agrarios, Sociedad Anónima”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado resolución de fecha 16 de febrero de 2010 del tenor literal siguiente:

Auto

En Málaga, a 16 de febrero de 2010.

Parte dispositiva:

Su señoría dispuso: Con la demanda que se da cuenta, fórmese el oportuno expediente que se registrará en el libro de los de su clase. Se admite cuando ha lugar en derecho la demanda presentada. Para la celebración de los actos de juicio y, en su caso, conciliación, que tendrán lugar ante este Juzgado de lo social, y que se celebrarán en la Sala de audiencias del Juzgado de lo social número 2 de Málaga, se señala el día 19 de marzo de 2010, a las doce y quince horas, a cuyo efecto se citará a las partes, con entrega a la demandada de copia simple de la demanda, advirtiéndole que es única convocatoria y que deberán concurrir con todos los medios de prueba de que intente valerse, sin que se pueda suspender el acto por falta injustificada de asistencia de aquella, y de no comparecer la demandante, ni alegar justa causa, se le tendrá por desistida de su demanda, sirviendo la notificación de la presente de citación en forma.

Cúmplase lo prevenido en la Ley de Procedimiento Laboral.

Se admiten las pruebas interesadas.

Requiérase a la empresa demandada para que aporte al acto de juicio la documental propuesta por la actora.

Igualmente, cítese al Fondo de Garantía Salarial y al ministerio fiscal.

Cítese al representante legal de la empresa demandada a fin de que comparezca personalmente al acto de juicio para prestar confesión judicial, apercibiéndole que de no hacerlo podrá ser tenido por confeso en los hechos de la demanda.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Contra la presente resolución cabe recurso de reposición ante este Juzgado de lo social, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de cinco días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso.

Para la admisión del recurso deberá previamente acreditarse de depósito en cuantía de 25 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado abierta en “Banesto”, número 2950/0000/61/0171/10, utilizando para ello el modelo oficial, debiendo indicar en el campo “Concepto” que se trata de un recurso seguido del código “30” y “Social-Reposición”, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma y quienes tengan reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita.

Si el ingreso se efectuare por transferencia bancaria, habrá de hacerse en la cuenta de “Banesto” número 0030/1846/42/0005001274, debiendo indicar el beneficiario, Juzgado de lo social número 2 …indique número de Juzgado… de …indique ciudad…, y en “Observaciones” se consignarán los dieciséis dígitos de la cuenta que componen la cuenta-expediente judicial, indicando después de estos dieciséis dígitos (separados por un espacio) el código “30” y “Social-Reposición”.

Así por este auto lo acuerda, manda y firma el ilustrísimo señor don Manuel Martín Hernández-Carrillo, magistrado-juez del cupo de refuerzo del Juzgado de lo social número 2 de Málaga. Doy fe.—La secretaria de refuerzo (firmado).—El magistrado-juez de lo social (firmado).

Y para que sirva de notificación a la demandada “Tecnologías y Servicios Agrarios, Sociedad Anónima”, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Málaga, a 16 de febrero de 2010.—La secretaria judicial de refuerzo (firmado).

(03/8.047/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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