Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 58

Fecha del Boletín 
10-03-2010

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100310-82

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VALDEMORO

CONTRATACIÓN

82
Convocatoria contrato vestuario Policía Local

1. Entidad adjudicadora:

a) Organismo: Ayuntamiento de Valdemoro.

b) Dependencia que tramita el expediente: Servicio de Contratación.

c) Número de expediente: 045/2010.

2. Objeto del contrato:

a) Descripción del objeto: suministro de vestuario para las temporadas de verano e invierno de la Policía Local.

b) Lugar de entrega: Valdemoro.

c) Duración del contrato y plazo de entrega: desde la formalización del contrato hasta el 31 de diciembre de 2011. El plazo de entrega no será superior a un mes a contar desde la realización formal del pedido en cada una de las temporadas.

3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:

a) Tramitación: ordinaria.

b) Procedimiento: abierto.

c) Forma: oferta económica más ventajosa. Varios criterios.

4. El precio del contrato: importe total, 180.000 euros, siendo el valor estimado de 155.172,42 euros y 24.827,58 euros de IVA, correspondiendo al ejercicio 2010 un total de 90.000 euros, siendo el valor estimado 77.586,21 euros y el IVA 12.413,79 euros, y al ejercicio 2011 un total de 90.000 euros, siendo el valor estimado 77.586,21 euros y el IVA 12.413,79 euros.

5. Garantías:

— Provisional: en este expediente no se establece.

— Definitiva: 5 por 100 del importe de adjudicación, excluido el IVA.

6. Obtención de documentación e información:

a) Entidad: Ayuntamiento de Valdemoro. Servicios Económicos. Página web institucional: www.valdemoro.es

b) Domicilio: calle Guardia Civil, número 25, local 7.

c) Localidad y código postal: 28340 Valdemoro.

d) Teléfonos: 918 099 661, 918 099 662 y 918 099 617.

e) Telefax: 918 085 456.

7. Fecha límite de obtención de documentos e información: quince días naturales a contar a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio.

8. Requisitos específicos del contratista. Solvencia económica y financiera y solvencia técnica y profesional:

— La solvencia económica y financiera del empresario podrá acreditarse por uno o varios de los medios siguientes:

a) Declaraciones apropiadas de entidades financieras o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales.

b) Las cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil o en el Registro oficial que corresponda. Los empresarios no obligados a presentar las cuentas en Registros oficiales podrán aportar, como medio alternativo de acreditación, los libros de contabilidad debidamente legalizados.

c) Declaración sobre el volumen global de negocios y, en su caso, sobre el volumen de negocios en el ámbito de actividades correspondiente al objeto del contrato, referido, como máximo, a los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades de empresario, en la medida en que se disponga de las referencias de dicho volumen de negocios.

— La solvencia técnica de los empresarios se acreditará por uno o varios de los siguientes medios:

a) Relación de los principales suministros efectuados durante los tres últimos años, indicando su importe, fechas y destinatario público o privado de los mismos. Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público, o, cuando el destinatario sea un comprador privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario.

b) Indicación del personal técnico o unidades técnicas, integradas o no en la empresa, de los que se disponga para la ejecución del contrato, especialmente los encargados del control de calidad.

c) Descripción de las instalaciones técnicas, de las medidas empleadas para garantizar la calidad y de los medios de estudio e investigación de la empresa.

d) Control efectuado por la entidad del sector público contratante o, en su nombre, por un organismo oficial competente del Estado en el cual el empresario está establecido, siempre que medie acuerdo de dicho organismo, cuando los productos a suministrar sean complejos o cuando, excepcionalmente, deban responder a un fin particular. Este control versará sobre la capacidad de producción del empresario y, si fuera necesario, sobre los medios de estudio e investigación con que cuenta, así como sobre las medidas empleadas para controlar la calidad.

e) Certificados expedidos por los institutos o servicios oficiales encargados del control de calidad, de competencia reconocida, que acrediten la conformidad de productos perfectamente detallada mediante referencias a determinadas especificaciones o normas.

9. Criterios de adjudicación:

— Mejor precio ofertado: 60 puntos.

— Mejora en el plazo de entrega: 20 puntos.

— Mejora en garantía: 20 puntos.

10. Presentación de las ofertas o de las solicitudes de participación:

a) Fecha límite de presentación: quince días naturales contados desde el siguiente al de la fecha de publicación del anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Si el día de finalización del plazo resulta ser sábado o inhábil, se entenderá que es el día hábil siguiente cuando finaliza.

b) Documentación a presentar: sobre A, “Documentación administrativa”; sobre B, “Documentación técnica”, y sobre C, “Proposición económica”.

c) Lugar de presentación: entidad, domicilio, localidad y código postal ya especificados.

d) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantener su oferta: dos meses.

11. Apertura de las ofertas:

a) Entidad, domicilio y localidad ya especificados.

b) Fecha y hora: se comunicará por fax a los licitadores.

12. Gastos de anuncios: serán por cuenta del adjudicatario.

Valdemoro, a 4 de marzo de 2010.—El alcalde, José Miguel Moreno Torres.

(01/903/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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