Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 64

Fecha del Boletín 
17-03-2010

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100317-247

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14

EDICTO

CÉDULA DE CITACIÓN

247
Demanda 529 de 2009

Doña María Ángeles Charriel Ardebol, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 529 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Miguel Ángel Martín Rodríguez, contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, “Construcciones Samper Arauz, Sociedad Limitada”, y “Fraternidad Muprespa, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales”, sobre Seguridad Social, se ha dictado acta de suspensión y nuevo señalamiento para la celebración del juicio, cuyas partes dispositivas son del tenor literal siguiente:

Acta

En Madrid, a 23 de febrero de 2010.—Ante la ilustrísima señora magistrada-juez de este Juzgado de lo social número 14 de Madrid, doña María del Carmen Rodrigo Saiz, y con mi asistencia, la secretaria judicial doña María Ángeles Charriel Ardebol, comparecen: como demandante, don Miguel Ángel Martín Rodríguez, con documento nacional de identidad número 47487449-Q, y como demandados, Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social, comparece la letrada de la administración de la Seguridad Social, doña María Nieves García Deche Camacho; “Construcciones Samper Arauz, Sociedad Limitada”, no consta citada, habiendo resultado negativa la citación en el domicilio social que consta en autos, tal como se deduce de diligencia del día de la fecha, y por “Fraternidad Muprespa, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales”, comparece el letrado don Santiago Bianqui Rebagliato, colegiado número 23.915, conforme acredita mediante exhibición y retirada en este acto de poder otorgado a su favor.

Su señoría ilustrísima, a la vista de lo expuesto, acuerda la suspensión de los actos de conciliación y/o juicios señalados y se señalan nuevamente para el día 7 de julio de 2010, a las diez y veinte horas, en la sede de este Juzgado, reiterando a las partes las manifestaciones y apercibimientos contenidos en la inicial citación.

Habiendo resultado negativa la citación de la codemandada “Construcciones Samper Arauz, Sociedad Limitada”, en el domicilio social, su señoría acuerda su citación mediante edictos que se publicarán en el tablón de este Juzgado y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Cítese, asimismo, al Fondo de Garantía Salarial conforme dispone el artículo 23.2 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Dándose por notificadas las partes del presente acuerdo, termina esta comparecencia firmando este acta los que en la misma intervienen, después de su señoría ilustrísima, de lo que yo, la secretaria, doy fe.

Cédula de citación para el 7 de julio de 2010.—En Madrid, a 23 de febrero de 2010.

En el proceso tramitado por este Juzgado de lo social, en base a la demanda presentada por don Miguel Ángel Martín Rodríguez, contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, “Construcciones Samper Arauz, Sociedad Limitada”, y “Fraternidad Muprespa, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales”, en materia de Seguridad Social, se ha dictado resolución de esta misma fecha cuya copia literal se acompaña.

De conformidad con los artículos 82.2 y 83 de la Ley de Procedimiento Laboral se hace constar que los actos de conciliación y juicio no podrán suspenderse por incomparecencia del demandado, así como que los litigantes han de concurrir al juicio con todos los medios de prueba de que intenten valerse. Si el actor, citado en forma, no compareciese ni alegase justa causa que motive la suspensión del juicio, se le tendrá por desistido de su demanda. La incomparecencia injustificada del demandado no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía.

Y para que sirva de notificación y citación a quien se dirá expido la presente en Madrid.—La secretaria judicial (firmado).

Advertencia.—Se hace saber al receptor que ha de cumplir el deber público que se le encomienda; que puede ser sancionado con multa de 12,02 a 120,20 euros si se niega a la recepción o no hace la entrega a la mayor brevedad; que ha de comunicar al órgano judicial la imposibilidad de entregar la comunicación al interesado, y que tiene derecho al resarcimiento de los gastos que le ocasionen.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de citación en legal forma a “Construcciones Samper Arauz, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 23 de febrero de 2010.—La secretaria judicial (firmado)

(03/8.834/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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