Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 64

Fecha del Boletín 
17-03-2010

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100317-380

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 38

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

380
Ejecución 143 de 2009

Don Bartolomé Ventura Molina, secretario judicial del Juzgado de lo social número 38 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 143 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Yulissa Altagracia Mejía Romano, contra don Jorge Enrique Arenas Valencia, sobre despido, se ha dictado auto de fecha 29 de septiembre de 2009, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Se acuerda:

a) El embargo del bien inmueble que se describe:

Finca número 6.063, inscrita en el Registro de la Propiedad número 3 de Guadalajara al tomo 2.052, libro 94, folio 84 del municipio de Torrejón del Rey.

Como propiedad de don Jorge Enrique Arenas Valencia, para responder de la cantidad de 2.400 euros, más 240 euros para intereses y costas provisionalmente calculados para este procedimiento seguido a instancias de doña Yulissa Altagracia Mejía Romano, contra don Jorge Enrique Arenas Valencia.

b) Librar mandamiento por duplicado al Registro de la Propiedad para que practique anotación preventiva de dicho embargo, expida certificación de haberlo hecho, de la titularidad de los bienes, y en su caso de sus cargas y gravámenes y comunique a este órgano judicial la existencia de ulteriores asientos que pudieran afectar al embargo anotado y remitir, asimismo, mandamiento por fax al Registro de la Propiedad, a fin de que extienda el correspondiente asiento de presentación.

c) Requerir al ejecutado, para que dentro de los diez días siguientes a la notificación de esta resolución cumpla los requerimientos indicados en el segundo fundamento jurídico del presente auto.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: contra la misma podrán interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días hábiles a contar desde el siguiente al de su notificación. Advirtiéndose a las partes que conforme el artículo 244 de la Ley de Procedimiento Laboral las resoluciones dictadas en ejecución se llevarán a efecto no obstante su impugnación.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Jorge Enrique Arenas Valencia, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 16 de febrero de 2010.—El secretario judicial (firmado).

(03/8.635/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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