Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 65

Fecha del Boletín 
18-03-2010

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100318-233

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 35

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

233
Demanda 1.728 de 2009

Doña María Begoña González Rozas, secretaria sustituta, de refuerzo de tardes, de lo social del número 35 de los de Madrid y su provincia.

Hago saber: Que en las presentes actuaciones que se siguen en este Juzgado a instancias de don Carlos Sierra Arenas, contra “Seyca Cristalería, Sociedad Limitada”, en reclamación por despido, registradas con el número 1.728 de 2009, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 89 de 2010

En Madrid, a 15 de febrero de 2010.—Vistos por la magistrada-juez sustituta, de refuerzo de tardes, de lo social del número 35, doña Ana Fernández Valentí, los presentes autos número D-1.728 de 2009, seguidos a instancias de don Carlos Sierra Arenas, que comparece asistido del letrado don José F. Javier Barandiarán Irigoyen, y de otra, como demandada, “Seyca Cristalería, Sociedad Limitada”, que no compareció al acto de juicio, en reclamación por despido, en nombre del Rey ha pronunciado la siguiente sentencia:

Fallo

Estimo la demanda formulada por don Carlos Sierra Arenas, frente a “Seyca Cristalería, Sociedad Limitada”, y declaro la nulidad del despido de que fue objeto con fecha 30 de octubre de 2009, y habiendo cesado la empresa en su actividad, declaro, asimismo, extinguida la relación laboral que unía a las partes en la fecha de esta sentencia, condenando a la demandada a estar y pasar por ambas declaraciones, así como a que abone al actor en concepto de indemnización la cantidad de 6.044,22 euros, y por los salarios de tramitación del período 30 de octubre de 2009 a 16 de febrero de 2010 la cantidad de 2.712,39 euros (sesenta y nueve días por 39,31 euros/día).

Se notifica esta sentencia a las partes, con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o su representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado o su representante dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado con el número 2808/0000/00/1728/09, en el “Banco Español de Crédito” (“Banesto”), en la calle Orense, número 19, de Madrid (haciendo constar en el ingreso el número de expediente).

Asimismo, deberá en el momento de interponer el recurso consignar la suma de 150,25 euros (25.000 pesetas) en concepto de depósito en dicha cuenta bancaria (haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento).

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación a “Seyca Cristalería, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, se expide el presente edicto para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como para su colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido y firmo el presente.

Madrid, a 23 de febrero de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/8.949/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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