Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 70

Fecha del Boletín 
23-03-2010

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100323-188

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

188
Ejecución 30 de 2010-M

Doña María del Carmen Quintas Pérez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 21 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 30 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Javier Granado López, contra la empresa “Rectificados y Mecanizados, Sociedad Anónima Laboral”, y el administrador concursal, don Rafael Martín Rueda, sobre despido, se ha dictado en el día de la fecha providencia del tenor literal siguiente:

Providencia

Ilustrísimo señor magistrado-juez de lo social, don Juan José del Águila Torres.—En Madrid, a 2 de marzo de 2010.

Dada cuenta; por presentados los anteriores escritos, únanse a los autos de su razón, y, visto su contenido, regístrese ejecución en el libro de ejecuciones de este Juzgado bajo el número de ejecución 30 de 2010-M.

Visto el estado de las actuaciones, y las manifestaciones efectuadas por ambas partes, se acuerda de conformidad con lo dispuesto en el artículo 281 de la Ley de Procedimiento Laboral, oir a las partes en comparecencia que se celebrará en la Sala de Audiencias de este Juzgado el próximo día 21 de abril de 2010, a las nueve horas, que se ajustará a lo dispuesto en el artículo 278 y apartado 1 del artículo 279.

Cíteselas en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada) se la tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuere el empresario (por sí o legalmente representado) el acto se celebrará sin su presencia.

Notifíquese esta resolución.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Si el recurrente no tiene la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, deberá al tiempo de interponer el recurso haber consignado la cantidad de 25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en “Banesto”, sucursal 1143, número cuenta 2519, seguido del número de expediente, haciendo constar en el ingreso el tipo de recurso y la fecha de la resolución recurrida.

Lo manda y firma su señoría. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—El magistrado-juez de lo social (firmado).

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Rectificados y Mecanizados, Sociedad Anónima Laboral”, y el administrador concursal, don Rafael Martín Rueda, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 2 de marzo de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/9.749/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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