Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 71

Fecha del Boletín 
24-03-2010

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100324-198

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA NÚMERO 2

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

198
Demanda 304 de 2009

En virtud de lo acordado por el ilustrísimo magistrado-juez de este Juzgado en resolución de esta fecha, dictada en los autos número 304 de 2009, que en este Juzgado se siguen a instancias de don Roberto Carlos Álvarez Rodríguez, contra “Controlex España Prevención de Riesgos, Sociedad Limitada”, Fondo de Garantía Salarial, y administración concursal de “Controlex España Prevención de Riesgos, Sociedad Limitada”, sobre despido, por la presente se les notifica la indicada resolución, expresiva de su tenor literal y recurso que contra la misma cabe interponer, órgano y plazo al efecto.

Acta

En Las Palmas de Gran Canaria, a 22 de febrero de 2010.—Siendo la hora fijada se constituye en audiencia pública don Lorenzo Arístides Pérez Guerra, del Juzgado de lo social número 2, asistido de mí, como secretaria, para la celebración de comparecencia que viene señalada en autos. Son llamadas las partes por el agente judicial desde la puerta del Juzgado y dando las voces preceptivas.

Comparece de la parte actora: la letrada doña Juana García Báez, en nombre y representación del actor.

No comparece la parte demandada, a pesar de su citación en legal forma y de su repetido llamamiento desde la puerta del Juzgado.

Abierto el acto, la parte actora ratifica su solicitud de extinción de la relación laboral, por no ser posible la readmisión. Solicita el recibimiento a prueba.

Recibida a prueba la cuestión, el actor propone la documental por reproducida, y el interrogatorio de la contraparte, solicitando que se tenga por ciertos los hechos en que personalmente hubiera intervenido y su fijación como ciertos le sea perjudicial.

Por su señoría ilustrísima se tiene por reproducida la documental.

Concluye el actor afirmándose y ratificándose en su pedimento que eleva a definitivo.

Por su señoría ilustrísima se declara concluso el acto, y declara los autos a la vista para dictar la resolución que proceda, lo que verifica seguidamente dictando “in voce” el siguiente

Auto

En Las Palmas de Gran Canaria, a 22 de febrero de 2010.—Visto lo que antecede; y…

Vistos los preceptos legales dictados y demás de general y pertinente aplicación al caso, su señoría ilustrísima, ante mí, la secretaria, dijo:

1. Se declara extinguida la relación laboral entre las partes a la fecha de la presente resolución.

2. En sustitución de la obligación de readmisión incumplida, se condena a la empresa “Controlex España Prevención de Riesgos, Sociedad Limitada”, y a la administración concursal de “Controlex España Prevención de Riesgos, Sociedad Limitada”, a que paguen a la parte actora, don Roberto Carlos Álvarez Rodríguez, la cantidad de 12.357,69 euros; don Juan Alfonso Aguiar Marrero la cantidad de 3.388,30 euros, y a don Juan Francisco Martín Rodríguez la cantidad de 3.974,51 euros, en concepto de indemnización.

3. Se condena, además, a la citada empresa a que pague a don Roberto Carlos Álvarez Rodríguez la cantidad de 22.634,46 euros, a don Juan Alfonso Aguiar Marrero la cantidad de 14.822,73 euros y a don Juan Francisco Martín Rodríguez la cantidad de 18.623,43 euros, que en concepto de salarios de trámite se encuentra obligada a pagar la empresa a la parte actora.

Firme que sea, procédase al archivo de las actuaciones, poniendo nota en el libro de registro de su razón, sin perjuicio de que pueda instarse su ejecución.

Notifíquese la presente a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma cabe interponer recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro del plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación.

Así lo acuerdo, mando y firmo.

Y para que le sirva de notificación a “Controlex España Prevención de Riesgos, Sociedad Limitada”, con domicilio en la calle Laminadora, polígono industrial “Negrilla”, nave 48, 41016 Sevilla, expido la presente en Las Palmas de Gran Canaria, a 22 de febrero de 2010.—La secretaria judicial, María Teresa Alonso García.

(03/9.442/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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