Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 71

Fecha del Boletín 
24-03-2010

Sección 2.110.80.1: II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100324-56

Páginas: 4


II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN

Tesorería General de la Seguridad Social

Dirección Provincial de Madrid

56
Notificación de actas de gestión de recaudación ejecutiva

PROVINCIA 04 ALMERIA.

Unidad de Recaudación Ejecutiva 04/030.

EDICTO DEL MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACION SOBRE NOTIFICACIÓN A (DEUDORES).

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. del 27), según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. del 14) que modifica la anterior y la Ley 24/2001,de 27 de diciembre (B.O.E. del 31)de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social y habiéndose intentado la notificación al interesado o su representante por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto, mediante el presente edicto, que se encuentran pendientes de notificar los actos cuyo interesado, número de expediente y procedimiento se especifican en relación adjunta.

En virtud de lo anterior dispongo que los sujetos pasivos, obligados con la Seguridad Social indicados, o sus representantes debidamente acreditados, podrán comparecer ante los órganos responsables de su tramitación en esta Dirección Provincial, en el plazo de diez días, contados desde el siguiente a la publicación del presente edicto en el "Boletín Oficial" de la provincia, para el conocimiento del contenido íntegro de los mencionados actos y constancia de tal conocimiento, en horario de 9 a 14 horas, de lunes a viernes, excepto festivos en la localidad. En el Anexo I se detalla el domicilio y localidad de cada unidad asignada a dichos actos administrativos, así como su teléfono y número de fax.

Asimismo, se advierte a los interesados que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al vencimiento del plazo señalado para comparecer.

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa podrá formularse RECURS0 DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un MES , contado a partir del día siguiente al de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (B.O.E. del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 46. del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, en relación con el artículo 115.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, (B.O.E. del día 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de dicha Ley 30/1992. HUERCAL-OVERA, a 29 de enero de 2010 EL/LA RECAUDADOR/A EJECUTIVO/A, Abel González Pérez.

Ministerio de Trabajo e Inmigración. Tipo/Identificador: 07 041012217463. Régimen: 0521.

TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Número expediente: 04 03 07 00626102.

Dirección Provincial de ALMERÍA Deuda pendiente: 9.830,99.

Unidad de Recaudación Ejecutiva 03 Nombre/razón social: CANO RODRÍGUEZ LUIS ALBERTO.

Dirección: PO ALAMEDA 16 Domicilio: CL PASEO DEL HUERTO 26.

Localidad: 04600. — HÜERCAL-OVERA Localidad: 04628. — ANTAS.

Teléfono: 950. — 134505 DNI/CIF/NIF: 023280448D.

Fax: 950. — 134504 Número documento: 04 03 501 09 016215111.

NOTIFICACIÓN A MADRID LEASING CORPORATION EFC, S.A. con NIF 0A79419107, CON DOMICILIO: SUERO DE QUIÑONES, 42; 28006; MADRID EN SU CONDICION DE ACREEDOR DEL APREMIADO.

DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES (TVA-501).

DILIGENCIA: En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de.

Recaudación Ejecutiva contra el deudor de referencia con DNI/NIF/CIF número 023280448D, por deudas a la.

Seguridad Social, una vez notificadas al mismo las providencias de apremio por los débitos perseguidos, cuyo importe a continuación se indica:

NUM.PROVIDENCIA APREMIO. — PERIODO. — RÉGIMEN.

04 08 014013737. — 12 2007/12 2007. — 0521.

04 08 018016403. — 01 2008/01 2008. — 0521.

04 08 018016504. — 02 2008/02 2008. — 0521.

04 08 020011670. — 03 2008/03 2008. — 0521.

04 08 021574279. — 04 2008/04 2008. — 0521.

04 08 023891670. — 05 2008/05 2008. — 0521.

04 08 026003745. — 05 2008/05 2008. — 0111.

04 08 024544095. — 06 2008/06 2008. — 0521.

04 08 028054788. — 06 2008/06 2008. — 0111.

04 08 027644055. — 07 2008/07 2008. — 0521.

04 08 030201118. — 07 2008/07 2008. — 0111.

04 08 029784523. — 08 2008/08 2008. — 0521.

04 08 030941651. — 09 2008/09 2008. — 0521.

04 08 032625714. — 08 2008/08 2008. — 0111.

04 09 010344183. — 09 2008/09 2008. — 0111.

04 08 034682821. — 10 2008/10 2008. — 0521.

04 09 012249326. — 11 2008/11 2008. — 0521.

04 09 012917515. — 10 2008/10 2008. — 0111.

04 09 015182968. — 12 2008/12 2008. — 0521.

04 09 013297734. — 11 2008/11 2008. — 0111.

04 09 016936042. — 12 2008/12 2008. — 0111.

04 09 017664552. — 01 2009/01 2009. — 0521.

IMPORTE DEUDA:

Principal: 7.742,47. Recargo: 1.548,49. Intereses: 529,57. Costas devengadas: 10,46. Intereses presupuestados: 929. TOTAL: 10.759,99.

No habiendo satisfecho la mencionada deuda y conforme a lo previsto en el artículo 103 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por el Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio, (B.O.E. del dxa 25), DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes al deudor que se describen en la RELACIÓN adjunta.

Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al día de la fecha ascienden a la cantidad total antes reseñada.

Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, en su caso al cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios indicándoles que los bienes serán tasados con referencia a los precios de mercado y de acuerdo con los criterios habituales de valoración por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, por las personas o colaboradores que se indican en el citado Reglamento de Recaudación, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado. Si no estuviese conforme el deudor con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados en el plazo de quince dias, a contar desde el siguiente al de la notificación de la valoración inicial efectuada por los órganos de recaudación o sus colaboradores. Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicará la siguiente regla: Si la diferencia entre ambas, consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 20 por ciento de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario, la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará de los Colegios o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos la designación de otro perito tasador, que deberá realizar nueva valoración en plazo no superior a quince dias desde su designación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los limites de las efectuadas anteriormente, y servirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del mencionado Reglamento.

Asimismo, se expedirá el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Se solicitará certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y se llevarán a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta.

Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 103.2 y 3 del repetido Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados en el plazo de 10 días a contar desde el siguiente a la recepción de la presente notificación, advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa.

UERCAL-OVERA, a 29 de octubre de 2.009. EL/LA RECAUDADOR/A EJECUTIVO/A.

DESCRIPCIÓN DE LAS FINCAS EMBARGADAS.

DEUDOR: CANO RODRÍGUEZ LUIS ALBERTO.

FINCA NUMERO: 01 DATOS FINCA URBANA.

DESCRIPCIÓN FINCA: FINCA REGISTRAL NUMERO 21 559.

TIPO VIA: ZZ NOMBRE VIA: PUERTO REY N° VIA:

BIS-N° VIA: ESCALERA: PISO: PUERTA: COD-POST: 04620 COD-MUNI: 04100 DATOS REGISTRO.

N° REG: N° TOMO: 1126. N° LIBRO: 0244. N° FOLIO: 0171. N° FINCA: 021559.

DESCRIPCIÓN AMPLIADA.

URBANA: NUMERO VEINTITRÉS. — DE UN EDIFICIO BLOQUE Bl, FASE SEGUNDA, DE LA URBANIZACION FORMADA POR LAS PARCELAS E-F, QUE A SU VEZ INTEGRA EN A URBANIZACIÓN DENOMINADA COMUNIDAD DE PROPIETARIOS LA. ALDEA Y COMUNIDAD D PROPIETARIOS PUERTO REY, SITA EN EL LUGAR DE PUERTO REY, TÉRMINO DE VERA, VIVIENDA EN PLANTA SEGUNDA ALTA, TIPO 02, CON ACCESO POR ZONA, COMON A TRAVÉS DE LA ESCALERA. CUATRO, COMPUESTA DE DISTINTAS DEPENDENCIAS Y SERVICIOS, CON UNA SUPERFICIE CONSTRUIDA DE 76,99 M2, TENIENDO ADEM=j S UN SOLARIUM EN SU TECHUMBRE PARA USO EXCLUSIVO DE ESTA VIVIENDA; CON UNA SUPERFICIE DE SETENTA Y CINCO METROS, SETENTA. Y UN DECÁMETROS CUADRADOS, AL CUAL SE ACCEDE POR UNA ESCALERA EXTERIOR ADOSADA A LA FACHADA. DESDE EL PORCHE. CONSIDERANDO EL FRENTE EL LINDERO ESTE; POR DONDE TIENE SU PUERTA DE ENTRADA, LINDA TODO: FRENTE, ZONA COM6N, A NIVEL Y EN VUELO; DERECHA ENTRANDO, ZONA COMON Y VIVIENDA TIPO H, DE ESTA PLANTA; IZQUIERDA.

VIVIENDA TIPO F, DE ESTA. MISMA PLANTA., Y EN VUELO; JARDIN DE LA VIVIENDA TIPO C; DE LA PLANTA BAJA; Y ESPALDA; EN VUELO; JARDÍN DE LA VIVIENDA TIPO C, DE LA PLANTA. BAJA. CUOTA: LE CORRESPONDE UNA CUOTA DE PARTICIPACIÓN EN LOS ELEMENTOS COMUNES DEL EDIFICIO DE QUE FORMA PARTE; DEL CUATRO COMA TREINTA Y TRES POR CIENTO, CUYA CUOTA TAMBIÉN LE CORRESPONDE EN LA QUE TIENE ASIGNADA EL CONJUNTO EN LOS ELEMENTOS COMUNES Y GASTOS DE LAS COMUNIDADES DE PROPIETARIOS "LA ALDEA" Y "PUERTO REY". SE RIGE POR LOS ESTATUTOS QUE SE INDICAN EN SU MATRIZ.

INSCRITA EN EL TOMO 1126, LIBRO 244, FOLIO 171, INSCRIPCIÓN 5ª, FINCA REGISTRAL.

21559 DEL TERMINO DE VERA. REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE VERA.

HUERCAL-OVERA, a 29 de octubre de 2.009. EL/LA RECAUDADOR/A EJECUTIVO/A.

PROVINCIA 07 BALEARES.

NOTIFICACIÓN EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

DON ANTONIO MOLINAS RAMIS, RECAUDADOR EJECUTIVO DE LA TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, U.R.E. 07/06. — MANACOR, PROVINCIA DE ILLES BALEARS.

HAGO SABER: Que en el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad, contra el deudor relacionado, por deudas a la Seguridad Social, por los conceptos y períodos, que se expresarán, se ha dictado la siguiente:

DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

Tramitándose en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva 07/06 de la Tesorería General de la Seguridad Social expediente administrativo de apremio contra el deudor relacionado y no siendo suficientes los bienes embargados o no conociéndose más bienes embargables, DECLARO EMBARGADOS LOS INMUEBLES que se describen a continuación por los conceptos, períodos e importes que se detallan.

EXPEDIENTE: 07 06 09 00009604/DEUDOR: ROMERO POLO VICENTE.

NIF/NIE/CIF: 018218747X/ACREEDOR: MOROVIPI, S.L./LOCALIDAD: MADRID.

DÉBITOS QUE SE PERSIGUEN.

CONCEPTO: 0521 / 0111/PERÍODO: 04 A 11 2008/PRINCIPAL: 2.070,24.

RECARGO: 414,05/INTERESES: 132,98/COSTAS DEVENGADAS: 3,49.

COSTAS E INTERESES PRESUPUESTADOS: 200,00/TOTAL EMBARGO: 2.820,76.

DESCRIPCIÓN DEL INMUEBLE:

PLENO DOMINIO DE UNA MITAD INDIVISA DE UNA RUSTICA: PIEZA DE TIERRA SECANO SITA EN TERMINO DE MANACOR, LLAMADA LA TORRE. OCUPA UNA SUPERFICIE DE 31 AREAS Y 7 CENTIAREAS. LINDA POR NORTE, CON CAMADA; POR SUR, CON LA DE MATEO SUREDA; POR ESTE, CON LA DE BERNARDOGALMES; Y POR OESTE, CON LA DE BARTOLOME PASCUAL. REFERENCIA CATASTRAL: 07033A029004710000AY. IDUFIR: 07023000599087.

FINCA: 3433/TOMO: 4738/LIBRO: 1108/FOLIO: 6.

FECHA DEL MANDAMIENTO DE EMBARGO: 10 08 2009.

Nº DOCUMENTO: 07 06 501 09 010437350.

DEL CITADO EMBARGO SE EFECTUARÁ ANOTACIÓN PREVENTIVA DE EMBARGO EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD A FAVOR DE LA TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

En cumplimiento de lo que dispone el artículo 103.2 del Reglamento General de Recursos del Sistema de la Seguridad social, notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, a su cónyuge, a los terceros poseedores, a los acreedores hipotecarios y a los anotantes anteriores, requiriéndolos en este acto para que facilite los títulos de propiedad a efectos de valoración y fijación del tipo de subasta; y expídase mandamiento de anotación preventiva de embargo de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 104 del mencionado Reglamento. Y llévense a cabo las actuaciones pertinentes y remisión en su momento de estas actuaciones a la Dirección Provincial de la Tesorería General en Illes Balears para la autorización de subasta según lo dispuesto en el artículo 115 del mencionadlo Reglamento. Manacor. El recaudador Ejecutivo.”.

Lo que le comunico por medio del presente edicto, que se insertará en el B.O.I.B. y se expondrá en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común (BOE del 27), según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE del 14) que modifica la anterior y la Ley 24/2001, de 27 de diciembre (BOE del 31) de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social y habiéndose intentado la notificación al interesado o su representante por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, El artículo 103 establece que aporte a esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, el título de propiedad de las fincas anteriormente descritas y embargadas, para la valoración de la misma y fijación del tipo de subasta, con la advertencia que en caso de no hacerlo, se solicitará al Sr. Registrador de la Propiedad, certificado acreditativo de los extremos que sobre la titularidad de tales bienes conste en el Registro, siendo a su cargo los gastos que de ello pudieran derivarse.

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un MES, contado a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1.994, de 20 de junio (B.O.E. del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1.994, de 30 de diciembre (B.O.E. del día 31), de Medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.

Transcurrido el plazo de TRES MESES desde la interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 46.1 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Manacor, a 09 03 2010. EL RECAUDADOR EJECUTIVO.

PROVINCIA 11 CADIZ.

Dirección Provincial de Cádiz.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE TRÁMITE DE AUDIENCIA A PERSONAS NO LOCALIZADAS POR INCOACIÓN DE EXPEDIENTE DE DECLARACION DE RESPONSABILIDAD SOLIDARIA.

Examinados los procedimientos recaudatorios seguidos a las empresas relacionadas a continuación, y al amparo de lo establecido en los artículos 104 y 105 de la Ley 2/1995, de 23 de marzo, de Sociedades de Responsabilidad Limitada, esta Dirección Provincial acuerda iniciar expediente de derivación de las deudas de las citadas empresas por responsabilidad solidaria contra los administradores de las mismas.

Las deudas objeto de estos expedientes comprenden los períodos de liquidación e importes indicados en la tabla adjunta, que incluyen principal, recargos, intereses y costas, en su caso; sin perjuicio de la deuda que se genere con posterioridad a dicho período, así como la que resulte de actuaciones de comprobación o investigación al respecto.

De acuerdo con el trámite de audiencia previsto en el artículo 13.4 del Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, y previo a la emisión de la reclamación de deudas por derivación, se le concede el plazo de quince días para presentar alegaciones y documentos que estime procedentes.

Expte: 2954. Admor: Yolanda Martín Clemente. NIF: 7.467.877-F. Empresa Deudora: Euromicro Al-Andalus, S.L. Período: 02/08 a 06/08. Importe: 2.651,72 euros. CIF: B-11865474.

El Subdirector Provincial de Recaudación en Vía Ejecutiva.: Diego Sánchez Calderón.

PROVINCIA 30 MURCIA.

Subdirección Provincial Via Ejecutiva.

EDICTO.

Dª JOAQUINA MORCILLO MORENO, Subdirectora provincial de Recaudación Ejecutiva, por delegación de D. Alfonso Fuentes Conesa, DIRECTOR PROVINCIAL DE LA TGSS DE MURCIA, comunica.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE del 27), habiéndose intentado la notificación al interesado o su representante por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto, mediante el presente edicto, que se encuentran pendientes de notificar los requerimientos de pago en expedientes de apremio cuyos datos identificativos se especifican a continuación.

En dichos requerimientos, se reclama a los interesados, el pago de la deuda contraída con la Seguridad Social, más, en su caso, los intereses de demora devengados hasta el momento del ingreso en la Tesorería General y las costas generadas. El interés de demora para el presente ejercicio se ha fijado en un 5 por 100.

El pago de la deuda deberá realizarse, mediante transferencia bancaria a la cuenta abierta, a nombre de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social (URE) correspondiente, en el BANCO SANTANDER CENTRAL HISPANO, que se relacionan a continuación, indicando obligatoriamente, NAF/Cod. Cuenta cotización, y nif:

U.R.E. 01 Cuenta de ingreso: 0049-5676-11-2016022282.

U.R.E. 02 Cuenta de ingreso: 0049-1094-64-2110884271.

U.R.E. 03 Cuenta de ingreso: 0049-4676-89-2516045571.

U.R.E. 04 Cuenta de ingreso: 0049-1918-99-2410094090.

U.R.E. 05 Cuenta de ingreso: 0049-0433-03-2810157355.

U.R.E. 06 Cuenta de ingreso: 0049-5222-07-2416034121.

U.R.E. 07 Cuenta de ingreso: 0049-5611-36-2216012231.

En virtud de todo lo anterior, se comunica que los interesados o sus representantes debidamente acreditados, deberán comparecer en plazo de diez días, en la Unidad de Recaudación Ejecutiva (URE) en la que se encuentre el expediente, contados desde el siguiente a la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial, para el conocimiento integro del texto de los mencionados requerimientos. De no comparecer en el citado plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales, desde el día siguiente a la finalización del plazo señalado para comparecer.

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el art 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (B.O.E. del día 31), de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.

EXPEDIENTE: 30040100113243/NIF/NIE: 0X2768660N.

DEUDOR: Asitimbaya Amaguaña, Eduardo Geovany.

DOMICILIO: Madrid.

Murcia, 4 de marzo de 2010. LA SUBDIRECTORA PROVINCIAL. Joaquina Morcillo Moreno.

PROVINCIA 41 SEVILLA.

Unidad de Recaudación Ejecutiva 41/01.

Edicto de embargo de bienes inmuebles.

Número de expediente: 41 01 09 002196 67.

Nombre/Razón social: Díaz Priego, Concepción.

Número de documento: 41 01 501 09 030272630.

El Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 01, de Sevilla hace saber:

En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra el deudor Concepción Díaz Priego, por deudas a la Seguridad Social, y cuyo último domicilio conocido fue en Madrid, Av. Marqués Corbera, 26 4ºizq, se procedió con fecha 16/10/2009 al embargo de bienes inmuebles, de cuya diligencia se acompaña copia adjunta al presente Edicto.

Los bienes serán tasados por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, por las personas o colaboradores que se indican en el Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado. Si no estuviese conforme el deudor con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados en el plazo de quince días, a contar desde el siguiente al de la notificación de la valoración inicial efectuada por los órganos de recaudación o sus colaboradores. Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicará la siguiente regla: Si la diferencia entre ambas, consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 20 por ciento de la menor, se estimará como valor de los bienes el de tasación más alta. En caso contrario, la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará de los Colegios o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos, la designación de otro perito tasador, que deberá realizar nueva valoración en plazo no superior a quince días desde su designación. Dicha valoración, que será la definitiva aplicable, habrá de estar comprendida entre los límites de las efectuadas anteriormente, y servirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del mencionado Reglamento.

Al propio tiempo, se requiere al deudor para que en el plazo de ocho días comparezca, por sí o por medio de representante en el expediente de apremio que se le sigue, a fin de proceder a la práctica de las notificaciones a que haya dado lugar, con la prevención de que en el caso de no personarse el interesado, se le tendrá por notificado de todas las sucesivas diligencias hasta que finalice la substanciación del procedimiento.

Así mismo, por medio del presente edicto, se notifica, en su caso, al cónyuge, cotitulares María Isabel Díaz Priego y Concepción Priego Bonilla, terceros poseedores y acreedores hipotecarios.

Todo ello de conformidad con lo preceptuado en los artículos 9.2 y 103 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (B.O.E. del día 25).

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse recurso de alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (B.O.E. del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (B.O.E. del día 31), de Medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Sevilla, a veintiséis de febrero de dos mil diez.

Diligencia de embargo de bienes inmuebles.

Diligencia: En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra el deudor con tipo/identificador 41122265377, Régimen 0111, Número de expediente: 41 01 09 00219667, nombre/razón social: Concepción Díaz Priego, con domicilio en Madrid, Av. Marqués Corbera, 26 4ºizq, con DNI/NIF/CIF núm. 50291734A, por deudas a la Seguridad Social, una vez notificadas al mismo las providencias de apremio por los débitos perseguidos, cuyo importe a continuación se indica:

Núm. prov. apremio. — Período. — Régimen.

41 09 010738547. — 04/2005 – 04/2005. — 0111.

41 09 010738648. — 05/2005 – 05/2005. — 0111.

41 09 010738749. — 06/2005 – 06/2005. — 0111.

41 09 010738951. — 09/2005 – 09/2005. — 0111.

41 09 010739052. — 02/2006 – 02/2006. — 0111.

41 09 010739456. — 06/2006 – 06/2006. — 0111.

41 09 010739557. — 07/2006 – 07/2006. — 0111.

41 09 010739759. — 09/2006 – 09/2006. — 0111.

41 09 010739860. — 10/2006 – 10/2006. — 0111.

41 09 010739961. — 04/2005 – 04/2005. — 0112.

41 09 010740062. — 05/2005 – 05/2005. — 0112.

41 09 010740163. — 06/2005 – 06/2005. — 0112.

41 09 010740365. — 08/2005 – 08/2005. — 0112.

41 09 010740466. — 09/2005 – 09/2005. — 0112.

41 09 010740567. — 10/2005 – 10/2005. — 0112.

41 09 010740971. — 02/2006 – 02/2006. — 0112.

41 09 010741072. — 03/2006 – 03/2006. — 0112.

41 09 010741173. — 05/2006 – 05/2006. — 0112.

41 09 010740264. — 07/2005 – 07/2005. — 0112.

41 09 010740870. — 01/2006 – 01/2006. — 0112.

41 09 010738850. — 07/2005 – 07/2005. — 0111.

41 09 010740668. — 11/2005 – 11/2005. — 0112.

41 09 010739355. — 05/2006 – 05/2006. — 0111.

41 09 010740769. — 12/2005 – 12/2005. — 0112.

41 09 010739153. — 03/2006 – 03/2006. — 0111.

41 09 010739254. — 04/2006 – 04/2006. — 0111.

41 09 010739658. — 08/2006 – 08/2006. — 0111.

Importe del principal: 124.532,00 euros, Recargos de apremio: 25.416,27 euros. Intereses: 35.302,87 euros. Costas devengadas: 0,00 euros, Costas e intereses presupuestadas: 4.498,45 euros. Total: 189.749,59 euros.

No habiendo satisfecho la mencionada deuda y conforme a lo previsto en el artículo 103 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio ( B.O.E. del día 25), DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes al deudor que se describen en la relación ADJUNTA.

Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al día de la fecha asciende a la cantidad antes reseñada.

Los bienes serán tasados por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, por las personas o colaboradores que se indican en el Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado. Si no estuviese conforme el deudor con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados en el plazo de quince días, a contar desde el siguiente al de la notificación de la valoración inicial efectuada por los órganos de recaudación o sus colaboradores. Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicará la siguiente regla: Si la diferencia entre ambas, consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 20 por ciento de la menor, se estimará como valor de los bienes el de tasación más alta. En caso contrario, la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará de los Colegios o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos, la designación de otro perito tasador, que deberá realizar nueva valoración en plazo no superior a quince días desde su designación. Dicha valoración, que será la definitiva aplicable, habrá de estar comprendida entre los límites de las efectuadas anteriormente, y servirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del mencionado Reglamento.

Asimismo, expídase al oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social, Se solicitará certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y se llevarán a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de subasta.

Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 103.2 y 3 del repetido Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados en el plazo de 10 días a contar desde el siguiente a la recepción de la presente notificación, advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa.

Sevilla, dieciséis de octubre de dos mil nueve. — El Recaudador Ejecutivo. Fdo. Manuel de la Cruz Pérez.

Descripción de la finca embargada:

Urbana. — dieciséis. — Piso tercero letra B de la casa número diez de la travesía de José Luis de Arrese de Madrid, Vicálvaro. Ocupa una superficie total aproximada de sesenta metros cuadrados. Consta de estar-comedor, tres dormitorios, cocina, terraza y aseo. Linda: al frente, con espacio libre y hueco de escalera por donde tiene su entrada, a la derecha y fondo, con espacio libre; y a la izquierda, con piso letra A de la misma planta.

Inscrita en el Registro de la Propiedad número cuarenta y siete de Madrid, tomo 2207, libro 526, folio 40, finca 25691, a favor de:

- Concepción Díaz Priego: 1/6 del pleno dominio y 1/12 de la nuda propiedad.

- Concepción Priego Bonilla: 1/6 del usufructo y 1/2 del pleno dominio.

- María Isabel Díaz Priego: 1/6 del pleno dominio y 1/12 de la nuda propiedad.

Este embargo se refiere a las proporciones inscritas a favor de Concepción Díaz Priego.

PROVINCIA 45 TOLEDO.

Unidad da Recaudación Ejecutiva 01.

Dirección: PZA. SAN ACUSTIN 3.

Localidad: 45001—TOLEDO.

Telf: 925—39 65 95 Fax: 925—39 65 12.

Tipo/identificador: 10 45107803401.

Régimen: 0111.

Nº expediente: 45 01 09 00118225.

Nombre/razón social: MANCHADO HERRERO AURELIANO.

Nº documento: 45 01 501 09 004607883.

NOTIFICACION DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES A TRAVES DE ANUNCIO (TVA—502).

El Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva numero 01 de TOLEDO:

En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad contra el deudor de referencia, por deudas a la Seguridad Social, se procedió al embargo de bienes inmuebles, de cuya diligencia se acompaña COPIA al presente Edicto, cuyo intento de notificación ha resultado infructuoso a:

Dº AURELIANO MANCHADO HERRERO. — C/ ISLAS BRITANICAS, 18. — 28940 FUENLABRADA (MADRID). — INTERESADO.

Dª ANTONIA ALBA BERRIOS. — C/ ISLAS BRITANICAS, 18. — 28940 FUENLABRADA (MADRID). — CONYUGE.

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un MES, contado a partir del día siguiente al de Su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 del Testo Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (B.O.E. del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 46.1 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, en relación con el artículo 115.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, (B.O.E. del día 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de dicha Ley 30/1992.

Toledo, a 22 de mayo de 2009.LA RECAUDADORA EJECUTIVA, Fdo: Mª Mar Ruiz Bedoya.

NOTIFICACION DE DILIGENCIA DE EMBARGO BIENES INMUEBLES A TRAVES DE ANUNCIO.

DILIGENCIA: En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación ejecutiva contra el deudor de referencia con DNI/NIF/CIF número 051973442C, por deudas a la Seguridad Social, una vez notificadas al mismo las providencias de apremio por los debitos perseguido, cuyo importe a continuación se indica:

Nº PROVIDENCIA APREMIO. — PERIODO. — REGIMEN.

45 08 017572865. — 06/2008. — 0521.

45 08 018507705. — 05/2008. — 0521.

45 08 019565813. — 06/2008. — 0111.

45 08 020591282. — 07/2008. — 0111.

Importe Principal: 3.100,818 euros. — Recargo de Apremio: 620,16 euros. — Intereses: 164,14 euros. — Costas Devengadas: 10,37 euros Costas e intereses presupuestadas: 370,00 euros. — TOTAL: 4.265,48 euros.

No habiendo satisfecho la mencionada deuda y conforme a lo previsto en el articulo 103 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por el Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio, (B.O.E. del día 25), DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes al deudor que se describen en la relación adjunta.

Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al día de la fecha ascienden a la cantidad total antes reseñada.

Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, en su caso al cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios, indicándoles que los bienes serán tasados con referencia a los precios de mercado y de acuerdo con los criterios habituales de valoración por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, por las personas o colaboradores que se indican en el citado Reglamento de Recaudación, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos, en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado. Si no estuviese conforme al deudor con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le hayan sido trabados en el plazo de quine días, a contar desde el día siguiente al de la notificación de la valoración inicial efectuada por los órganos de recaudación o sus colaboradores. Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicarán las siguientes reglas: Si la diferencia entre ambas, consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 20% de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario, la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará de los Colegios o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos, la designación de otro perito tasador, que deberá realizar nueva valoración en plazo no superior a quince días desde su designación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los límites de las efectuadas anteriormente, y servirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del mencionado Reglamento.

Asimismo, se expedirá el oportuno mandamiento al registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Se solicitará certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y llévese a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta.

Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 103.2 y 3 del repetido Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes embargados, en el plazo de 10 días a contar desde el siguiente a la recepción de la presente notificación, advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa.

DESCRIPCION DE LAS FINCAS EMBARGADAS.

Finca numero 7877 del término municipal de Fuenlabrada, Madrid. Vivienda, calle Islas Británicas, 18. DESCRIPCIÓN DE LA FINCA.

DERECHO: 100% PLENO DOMINIO CON CARÁCTER GANANCIAL.

URBANA: Vivienda, en FUENLABRADA, CALLE ISLAS BRITANICAS nº 18. Superficie construida: 72 metros cuadrados. Linderos: frente, rellano y hueco de escalera y zona no edificable; derecha, zona de terreno no edificable; izquierda, vivienda letra C de su misma planta; fondo, con calle de su situación. Finca numero 7877 en Fuenlabrada, Madrid, en calle Islas Británicas, 18. Referencia catastral: 1305401vk3610s0008q0.

En Toledo a 22 de mayo de 2009.La Recaudadora Ejecutiva, firmado Mª del Mar Ruiz Bedoya.

PROVINCIA 46 VALENCIA.

URE 46/07. — ALZIRA.

Edicto de la Tesoreria General de la Seguridad Social sobre notificación a MARIA PILAR SILVA POBLADOR (COMO CONYUGE).

EDICTO Nº.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común «Boletín Oficial del Estado» 285, de 27 de noviembre de 1992 (Redacción Ley 4/1999, de 13 de enero « BOE del 14» y Ley 24/2001, de 27 de diciembre «BOE del 31») y habiéndose intentado la notificación al interesado o su representante por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto, mediante el presente edicto, que se encuentran pendientes de notificar los actos cuyo interesado, número de expediente y procedimiento se especifican en relación adjunta.

En virtud de lo anterior dispongo que los sujetos pasivos, obligados con la seguridad social indicados, o sus representantes debidamente acreditados, podrán comparecer ante el órgano responsable de su tramitación en esta Dirección Provincial, en el plazo de diez días, contados desde el siguiente al de la publicación de la presente resolución en el «Boletín Oficial» de la provincia, para conocimiento del contenido íntegro de los mencionados actos y constancia de tal conocimiento. En la sede de Unidad de Recaudación Ejecutiva 46/07 (C/ Hort dels Frares, 46600 ALZIRA-VALENCIA), en horario de nueve a catorce horas, de lunes a viernes excepto festivos en la localidad.

Asimismo se advierte a los interesados que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al vencimiento del plazo señalado.

ALZIRA, Viernes 5 de marzo de 2010. — EL RECAUDADOR EJECUTIVO DE LA UNIDAD DE RECAUDACIÓN EJECUTIVA DE LA SEGURIDAD SOCIAL de ALZIRA, JOSE SAEZ LLUCH.

Relación que se cita.

Identificador NOMBRE DOMICILIO CP LOCALIDAD Expediente Procedimiento Provincia.

28037293751 MARIA PILAR SILVA POBLADOR (COMO CONYUGE) RD CASTILLA ESTE 70 28991 TORREJON DE LA 61 Emb.inmuebles 028.

PROVINCIA 49 ZAMORA.

Dirección Provincial de Zamora.

Edicto de notificación de comunicación de resolución de derivación de responsabilidad solidaria de la empresa Golden Joystick a su administrador Don Juan Carlos Perea García.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 27-11-92), según la redacción dada por la Ley 4/99 de 13 de enero (B.O.E. del 14), habiéndose intentado la notificación al interesado de la comunicación de resolución de derivación de responsabilidad solidaria de la deuda contraída por la empresa GOLDEN JOYSTICK S.L. a DON JUAN CARLOS PEREA GARCÍA por el periodo de liquidación comprendido entre 02/2.005 y 03/2005 por importe de 556,85 euros, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se procede a publicar el presente edicto en el BOLETÍN OFICIAL de la provincia.

Asimismo se informa de que las deudas por cuotas a la Seguridad Social de la empresa GOLDEN JOYSTICK S.L. en el Código de Cuenta de Cotización 49101457186, derivadas a Don Juan Carlos Perea García en este acto, son las que a continuación se detallan, ascendiendo la cuantía actual a la cantidad de 556,52 euros.

Nº de reclamación. — Periodo. — Concepto. — Importe.

49/10/10 010261890. — 02/05 a 02/05. — Reclamación de deuda con presentación de boletines. — 13,03

49/10/10 010261991. — 03/05 a 03/05. — Reclamación de deuda con presentación de boletines. — 543,82.

Por todo lo cual se ruega a DON JUAN CARLOS PEREA GARCÍA que en el plazo de diez días contados desde el siguiente a la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, comparezca en estas Oficinas de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Zamora, en la Avenida de Requejo nº 23, primera planta para el conocimiento del contenido íntegro de la citada resolución, en horario de 9 a 14, de lunes a viernes, excepto festivos en la localidad.

Según establece el artículo 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE 27-11-1992) el expediente completo, origen del presente procedimiento, se encuentra a su disposición en las dependencias de ésta Subdirección Provincial de Gestión Recaudatoria.

Asimismo se advierte que de no comparecer en el citado plazo la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al vencimiento del plazo señalado para comparecer, procediéndose a continuar con el procedimiento pertinente.

Contra esta resolución de derivación de responsabilidad, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación, Recurso de Alzada, ante el Director Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Zamora, de acuerdo con lo previsto en el artículo 46 del Real Decreto 1415/2004, en relación con los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, según redacción dada por la Ley 4/1999, B.O.E. 14 de enero de 1.999.

Zamora, a 8 de marzo de 2010. — La Subdirectora Provincial de Gestión Recaudatoria, Belén Sánchez de Anta.

Dirección Provincial de Zamora.

Edicto de notificación de comunicación de resolución de derivación de responsabilidad solidaria de la empresa Golden Joystick a su administradora Doña Cristina Antonio Arribas.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 27-11-92), según la redacción dada por la Ley 4/99 de 13 de enero (B.O.E. del 14), habiéndose intentado la notificación al interesado de la comunicación de resolución de derivación de responsabilidad solidaria de la deuda contraída por la empresa GOLDEN JOYSTICK S.L. a DOÑA CRISTINA ANTONIO ARRIBAS por el periodo de liquidación comprendido entre 07/2.005 y 07/2.006 por importe de 7.100,74 euros, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se procede a publicar el presente edicto en el BOLETÍN OFICIAL de la provincia.

Asimismo se informa de que las deudas por cuotas a la Seguridad Social de la empresa GOLDEN JOYSTICK S.L. en el Código de Cuenta de Cotización 49101457186, derivadas a Doña Cristina Antonio Arribas en este acto, son las que a continuación se detallan, ascendiendo la cuantía actual a la cantidad de 7.100,74 euros.

Nº de reclamación. — Periodo. — Concepto. — Importe.

49/10/10 010262092. — 07/05 a 07/05. — Reclamación de deuda con presentación de boletines. — 559,07euros.

49/10/10 010262193. — 08/05 a 08/05. — Reclamación de deuda con presentación de boletines. — 557,19euros.

49/10/10 010262294. — 09/05 a 09/05. — Reclamación de deuda con presentación de boletines. — 555,50euros.

49/10/10 010262395. — 10/05 a 10/05. — Reclamación de deuda con presentación de boletines. — 553,63euros.

49/10/10 010262496. — 11/05 a 11/05. — Reclamación de deuda con presentación de boletín. — 551,98euros.

49/10/10 010262500. — 12/05 a 12/05. — Reclamación de deuda con presentación de boletines. — 549,63euros.

49/10/10 010262601. — 01/06 a 01/06. — Reclamación de deuda con presentación de boletines. — 548,20euros.

49/10/10 010262702. — 02/06 a 02/06. — Reclamación de deuda con presentación de boletines. — 528,42euros.

49/10/10 010262803. — 03/06 a 03/06. — Reclamación de deuda con presentación de boletines. — 604,82euros.

49/10/10 010262904. — 05/06 a 05/06. — Reclamación de deuda con presentación de boletines. — 702,58euros.

49/10/10 010263005. — 06/06 a 06/06. — Reclamación de deuda con presentación de boletines. — 699,99euros.

49/10/10 010263106. — 07/06 a 07/06/Reclamación de deuda con presentación de boletines. — 689,73euros.

Por todo lo cual se ruega a DOÑA CRISTINA ANTONIO ARRIBAS que en el plazo de diez días contados desde el siguiente a la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, comparezca en estas Oficinas de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Zamora, en la Avenida de Requejo nº 23, primera planta para el conocimiento del contenido íntegro de la citada resolución, en horario de 9 a 14, de lunes a viernes, excepto festivos en la localidad.

Según establece el artículo 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE 27-11-1992) el expediente completo, origen del presente procedimiento, se encuentra a su disposición en las dependencias de ésta Subdirección Provincial de Gestión Recaudatoria.

Asimismo se advierte que de no comparecer en el citado plazo la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al vencimiento del plazo señalado para comparecer, procediéndose a continuar con el procedimiento pertinente.

Contra esta resolución de derivación de responsabilidad, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación, Recurso de Alzada, ante el Director Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Zamora, de acuerdo con lo previsto en el artículo 46 del Real Decreto 1415/2004, en relación con los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, según redacción dada por la Ley 4/1999, B.O.E. 14 de enero de 1.999.

Zamora, a 8 de marzo de 2010. — La Subdirectora Provincial de Gestión Recaudatoria, Belén Sánchez de Anta.

(01/1.081/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 2.110.80.1: II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

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