Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 73

Fecha del Boletín 
26-03-2010

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100326-227

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

227
Demanda 13 de 2009

Doña María Ángeles Charriel Ardebol, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 13 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Rosa María Ortega Pérez, contra la empresa “Designed By, Sociedad Limitada Unipersonal”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia de fecha 19 de enero de 2010, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Sentencia número 26 de 2010

En Madrid, a 19 de enero de 2010.

Fallo

Que estimando la demanda formulada por doña Rosa María Ortega Pérez, contra la empresa “Designed By, Sociedad Limitada Unipersonal”, debo condenar y condeno a la empresa empleadora demandada a abonar a la actora la cantidad de 769,81 euros, más el interés de mora del 10 por 100 anual sobre dicha cantidad, obligandole a estar y pasar por dicho pronunciamiento.

Notifíquese esta sentencia a las partes, con la advertencia de contra la misma no cabe formular recurso (artículo 189 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Designed By, Sociedad Limitada Unipersonal”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 24 de febrero de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/9.456/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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