Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 73

Fecha del Boletín 
26-03-2010

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100326-241

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

241
Demanda 500 de 2009

Doña Ángela Pardo Crespo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 16 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 500 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Alain Metelli Jiménez, contra la empresa “E-Vallecas 2007, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado resolución en fecha 7 de diciembre de 2009, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Fallo

Que estimando la demanda formulada por don Alain Metelli Jiménez, contra “E-Vallecas 2007, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro improcedente el despido de la parte demandante, y en consecuencia, siendo inviable la readmisión al estar cerrada la empresa, declaro extinguida la relación laboral entre las partes y debo condenar y condeno a la parte demandada a que abone al actor una indemnización de 394,44 euros por no readmisión y a que le abone la cantidad de 9.828,13 euros por los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido (12 de febrero de 2009) hasta la fecha de la presente sentencia.

No se efectúa declaración expresa de absolución o condena respecto al Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio de sus responsabilidades y con las limitaciones establecidas en el artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “E-Vallecas 2007, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 15 de febrero de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/9.481/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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