Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 74

Fecha del Boletín 
27-03-2010

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100327-61

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

61
Ejecución 34 de 2010

Don Alfredo Alcañiz Rodríguez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 19 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 34 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Rebeca Águila Vitieles, contra la empresa “Juve Gestión Hostelera, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Dada cuenta; por presentado el anterior escrito de la parte actora solicitando la ejecución, se acuerda admitir a trámite la ejecución de la sentencia de despido de fecha 6 de octubre de 2009, y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 278 de la Ley de Procedimiento Laboral, cítese a comparecencia para el examen de las manifestaciones invocadas en el escrito de la parte actora en orden al cumplimiento de lo fallado, por lo que deberán acudir con los medios de prueba de que intenten valerse a la Sala de vistas de este Juzgado de lo social, sito en la calle Hernani, número 59, cuarta planta, de Madrid, el día 20 de abril de 2010, a las ocho cuarenta y cinco horas.

Cítese en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada) se le tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado), el acto se celebrará sin su presencia.

Asimismo, líbrese el correspondiente oficio a la Tesorería General de la Seguridad Social a fin de que remita a este Juzgado la vida laboral de la parte actora.

Notifíquese esta resolución.

Modo de impugnarla: hágase saber a las partes en el momento de la notificación que contra la presente resolución puede interponerse recurso de reposición a presentar ante este mismo Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes al de su notificación. Hágase saber, asimismo, a las partes, conforme a lo dispuesto en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de Reforma de la Legislación Procesal para la Implantación de la Nueva Oficina Judicial, que salvo que ostenten la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social deberán consignar en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado al interponer el recurso la cantidad de 25 euros, debiendo acompañarse el resguardo acreditativo al escrito de interposición, y todo ello con apercibimiento que de no verificarlo se dictará auto poniendo fin al trámite del recurso, quedando firme la resolución impugnada.

Lo manda y firma su señoría.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Juve Gestión Hostelera, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 25 de febrero de 2010.—El secretario judicial (firmado).

(03/10.756/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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