Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 75

Fecha del Boletín 
29-03-2010

Sección 1.2.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100329-2

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE CULTURA Y DEPORTE Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO

2
ORDEN 418/2010, de 15 de marzo, por la que se procede a la corrección de errores de la Orden 2029/2009, de 25 de noviembre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de diciembre).

Por Orden 2029/2009, de 25 de noviembre, de la Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el día 11 de diciembre, se convocaron puestos de trabajo para su provisión mediante el sistema de Concurso de Méritos en esta Consejería.

Advertido error en el último mérito del puesto de trabajo número 24207, denominado “Negociado de Apoyo Administrativo”, recogido en el listado de puestos de trabajo vinculados a la convocatoria aprobada por Orden 2029/2009, debido a la inclusión de la aplicación informática “Asesoría para la creación de empresas (SPE)”, que no se encontraba operativa en el momento de publicarse la citada convocatoria, hecho que fue ratificado por la Agencia de Informática y Comunicaciones de la Comunidad de Madrid, procede de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, su rectificación.

En su virtud, de acuerdo con las atribuciones que me han sido conferidas por las disposiciones vigentes,

DISPONGO

Primero

Rectificar el cuarto mérito del puesto de trabajo número 24207, denominado “Negociado de Apoyo Administrativo”, incluido en el listado de puestos de trabajo vinculados a la convocatoria aprobada por Orden 2029/2009, de 25 de noviembre, de la Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno, en el siguiente sentido:

Donde dice: “Experiencia en el manejo de la aplicación informática de asesoría para la creación de empresas (SPE), desarrollada por la Comunidad de Madrid: 3 puntos”; debe decir: “Conocimientos y experiencia en las aplicaciones informáticas Word, Excel y Access: 3 puntos”.

Segundo

Conceder un nuevo plazo de presentación de solicitudes de quince días hábiles a partir del siguiente a la publicación de la presente Orden.

Tercero

Los aspirantes a los puestos que hubieran presentado la documentación en el período de presentación de instancias abierto desde la publicación de la precitada Orden 2029/2009, de 25 de noviembre, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de diciembre de 2005, deberán aportar nuevamente:

a) El Certificado de Registro de Personal que se publica como Anexo III de la Orden 2066/1998, de 30 de julio, de la Consejería de Hacienda (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 10 de septiembre). En el supuesto de funcionarios integrados en la Comunidad de Madrid y procedentes de otras Administraciones Públicas, deberán aportar Certificado de Registro de su Administración de origen cuando el tiempo de servicios prestados en la Administración de la Comunidad de Madrid sea inferior a cinco años, al objeto de poder valorar el trabajo desarrollado.

b) Certificado firmado por el Secretario General Técnico o Gerente de la Consejería u Organismo donde el funcionario preste servicios en la fecha de la convocatoria del Concurso de Méritos, acreditativo de los períodos de ausencia motivada por incapacidad temporal derivada de contingencias comunes o del disfrute de licencias sin sueldo, determinando si dichas ausencias superan o no el 20 por 100 de la jornada prevista según el calendario laboral, dentro de cada año natural a partir de la entrada en vigor de la Ley 3/2008, de 29 de diciembre, y durante un período máximo de cinco años.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer con carácter potestativo recurso de reposición en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la ha dictado, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados desde el día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin perjuicio de ejercitar cualquier otro medio impugnatorio que estimen procedente. Todo ello conforme a lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Dado en Madrid, a 15 de marzo de 2010.—El Vicepresidente, Consejero de Cultura y Deporte y Portavoz del Gobierno, PD (Orden 1472/2009, de 24 de septiembre; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 5 de octubre de 2009), el Secretario General Técnico, Borja Sarasola Jáudenes.

(03/11.805/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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