Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 76

Fecha del Boletín 
30-03-2010

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100330-57

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BOADILLA DEL MONTE

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

57
Reglamento Voluntarios de Protección Civil

No habiéndose presentado reclamación alguna durante el período de información pública, se considera definitivamente aprobada la modificación del artículo 23 del Reglamento de la Agrupación de Voluntarios de Protección Civil de Boadilla del Monte (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 28 de diciembre de 2009), conforme al acuerdo del Pleno Municipal, adoptado en su sesión celebrada el día 28 de diciembre de 2009.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en relación con el artículo 65.2 de la misma, se hace público el texto íntegro del citado artículo, que entrará en vigor a los quince días de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Artículo 23 del Reglamento de la Agrupación de Voluntarios de Protección Civil, queda redactado de la siguiente manera:

“Art. 23. Colaboradores.

1. Podrán integrarse en la Agrupación de Voluntarios de Protección Civil, como colaboradores, aquellas pesronas que por sus condiciones de expediencia y capacidad aporten una específica cooperación a los fines del mismo.

2 Podrán crearse por la Alcaldía, o por el concejal-delegado correspondiente, una Unidad de Personal Voluntario de Apoyo o Auxiliar de Tareas de la Agrupación de Voluntarios de Protección Civil de Boadilla del Monte, formada por aquellas personas que voluntariamente deseen prestar su apoyo y auxilio en las tareas de la Agrupación de Voluntarios de Protección Civil y que por su discapacidad no puedan ser nombrados voluntarios de protección civil, estableciendo los mecanismos de control necesarios a fin de garantizar que las tareas que este personal asuma sean compatibles con las limitaciones que se deriven de su discapacidad.”

En Boadilla del Monte, a 11 de marzo de 2010.—El tercer teniente de alcalde, delegado del Área de Seguridad, Protección Civil y Asuntos Jurisdiccionales, Ramón González Bosch.

(03/10.648/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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