Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 76

Fecha del Boletín 
30-03-2010

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100330-229

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 31

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

229
Ejecución 313 de 2009

Doña Amalia del Castillo de Comas, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 31 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 313 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Miguel Recobert Pedrero, contra la empresa “Demoliciones Industriales Mecánicas Madrid, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Liquidación de intereses

Que practica la secretaria judicial que suscribe en las presentes actuaciones tramitadas con el número 313 de 2009 a instancias de don Miguel Recobert Pedrero, contra “Demoliciones Industriales Mecánicas Madrid, Sociedad Limitada”.

Fecha de inicio: 22 de octubre de 2009.

Fecha final: 31 de diciembre de 2009.

Nominal: 4.441,99 euros.

Tipo: 6 por 100.

Días: setenta y uno.

Interés: 51,84 euros.

Suma total: 51,84 euros.

Importa la presente liquidación de intereses la suma total de 51,84 euros.

Dese traslado de esta diligencia a las partes por plazo común de diez días, advirtiéndose de la posibilidad de impugnarla dentro del citado plazo de diez días.

En Madrid, a 11 de enero de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

Tasación de cosats

Que practica la secretaria judicial que suscribe en las presentes actuaciones tramitadas con el número de ejecución 313 de 2009 a instancias de don Miguel Recobert Pedrero, contra “Demoliciones Industriales Mecánicas Madrid, Sociedad Limitada”.

Honorarios de letrado (según minuta): 350 euros.

No se incluye el impuesto sobre el valor añadido en base a lo establecido en el artículo 78.3.1 de la Ley 37/1992, del impuesto sobre el valor añadido.

Suma total 350 euros.

Importa la presente tasación de costas la suma total de 350 euros.

Dese traslado de esta diligencia a las partes por plazo común de diez días, advirtiéndose de la posibilidad de impugnarla dentro del citado plazo de diez días:

a) Por indebida, si se hubiese incluido en ella partidas, derechos o gastos indebidos.

b) O por excesivos los honorarios de los abogados, peritos o profesionales no sujetos a arancel.

c) O por no haberse incluido gastos debidamente justificados y reclamados, o la totalidad de la minuta de honorarios de abogado, perito, profesional o funcionario no sujeto a arancel.

d) Y que, en su caso, en el escrito de impugnación habrán de mencionarse las cuentas o minutas y las partidas concretas a que se refiera la discrepancia y las razones de esta, no admitiéndose la impugnación a trámite de no efectuarse dicha mención (artículo 245 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

En Madrid, a 26 de enero de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Demoliciones Industriales Mecánicas Madrid, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 26 de febrero de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/9.770/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100330-229