Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 76

Fecha del Boletín 
30-03-2010

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100330-95

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 1

EDICTO

95
Ordinario 1.093 de 2004

El infrascrito secretario del Juzgado de primera instancia número 1 de Madrid.

Hace saber: Que en los autos que se dirán se ha dictado la siguiente:

Sentencia

En Madrid, a 26 de octubre de 2009.—En nombre de Su Majestad el Rey.

La ilustrísima señora doña Elena O’Connor Oliveros, magistrada-juez titular del Juzgado de primera instancia número 1 de Madrid, vistos los autos de juicio ordinario tramitados con el número 1.093 de 2004 y seguidos a instancias de don Fernando Gaite Amparo, representado por la procuradora señora Hornero Hernández y asistido de letrado, contra don Domingo Castaño Díaz, su esposa e ignorados herederos, declarados en rebeldía.

Fallo

Estimo la demanda interpuesta por la procuradora señora Hornero Hernández, en nombre y representación de don Fernando Gaite Amparo, contra don Domingo Castaño Díaz, su esposa y los ignorados herederos, declaro haber lugar íntegramente a la misma y, en su virtud, declaro que el actor es el único propietario del inmueble sito en la calle Mejorana, número 34, de Madrid, con una superficie de 132 metros cuadrados, declarando la segregación de esta finca de la finca número 7.046 del Registro de la Propiedad número 19 de Madrid, constituyendo una nueva finca registral sita en el número 34 de la calle Mejorana, con una superficie de 132 metros cuadrados, y con los linderos establecidos por la Gerencia del Catastro de Madrid: al frente, por donde tiene su entrada, con la calle Mejorana, y calle Avelino Fernández de la Poza, número 41; a la izquierda, entrando, con el número 36 de la misma calle, y al fondo, con los números 41 y 43 de la calle Avelino Fernández de la Poza. Todo ello con expresa condena en costas a los demandados.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid (artículo 455 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). El recurso se preparará por medio de escrito presentado ante este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados a partir del día siguiente al de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Así por esta sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Leída y publicada fue la anterior sentencia por la señora magistrada-juez que la suscribe estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha, doy fe en Madrid.

En Madrid, a 16 de febrero de 2010.—El secretario (firmado).

(02/2.225/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100330-95