Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 78

Fecha del Boletín 
01-04-2010

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100401-11

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 11

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

11
Procedimiento ordinario 78 de 2008

El Juzgado de primera instancia número 11 de Madrid.

Hace saber: Que en este Juzgado se siguen autos de juicio ordinario número 78 de 2008, seguidos a instancias de “Otón Construcciones y Rehabilitación, Sociedad Limitada”, contra “Caja Seguros Runidos, Sociedad Anónima”, “Mussat” y “Saneamientos e Instalaciones Rugar, Sociedad Limitada”, en los que se ha dictado la cédula de emplazamiento del tenor literal siguiente:

CÉDULA DE EMPLAZAMIENTO

Tribunal que ordena emplazar: Juzgado de primera instancia número 11 de Madrid.

Asunto en que se acuerda: el referenciado.

Empresa a la que se emplaza: “Saneamientos e Instalaciones Rugar, Sociedad Limitada”, en concepto de parte demandada.

Objeto del emplazamiento: comparecer en el juicio expresado para contestar a la demanda, en la que figura como parte demandada. Se acompaña copia de la demanda, de los documentos acompañados y del auto de admisión de aquella.

Tribunal ante el que debe comparecer: en la sede de este Juzgado.

Plazo para comparecer: veinte días hábiles, computados desde el siguiente al de este emplazamiento.

Prevenciones legales

1. Si no comparece, se le declarará en situación de rebeldía procesal, y notificada la misma, no se llevará a cabo ninguna otra, excepto la de la resolución que ponga fin al proceso (artículos 496 y 497 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil).

2. La comparecencia en juicio debe realizarse por medio de procurador, con la asistencia de abogado (artículos 23 y 31 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

3. Debe comunicar a este tribunal cualquier cambio de domicilio que se produzca durante la sustanciación de este proceso (artículo 155.5, párrafo primero, de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Y como consecuencia del ignorado paradero de “Saneamientos e Instalaciones Rugar, Sociedad Limitada”, se extiende la presente para que sirva de cédula de emplazamiento.

Madrid, a 17 de febrero de 2010.—El secretario (firmado).

(02/2.955/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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