Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 78

Fecha del Boletín 
01-04-2010

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100401-15

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 39

EDICTO

15
Verbal desahucio falta de pago 435 de 2009

Doña María Gema Fernández Menéndez, secretaria del Juzgado de primera instancia número 39 de Madrid.

Hago saber: Que en los autos de juicio verbal de desahucio número 435 de 2009, seguidos ante este Juzgado a instancias de “Pawiana, Sociedad Limitada”, contra don Juan Carlos García Expósito, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 12 de 2010

En Madrid, a 3 de febrero de 2010.—Vistos por doña Lourdes Menéndez González-Palenzuela, magistrada-juez titular del Juzgado de primera instancia número 39 de esta ciudad, los autos de juicio verbal número 435 de 2009, seguidos a instancias de “Pawiana, Sociedad Limitada”, representada por la procuradora doña María José Millán Valero y asistida del letrado don Willy Antonio Guhl Navarro, sustituido en el acto de la vista por doña Elena Reviriego Durán, contra don Juan Carlos García Expósito, declarado en situación procesal de rebeldía, sobre acción de desahucio y reclamación de rentas adeudadas.

Fallo

1. Estimo sustancialmente la demanda presentada por “Pawiana, Sociedad Limitada”, contra don Juan Carlos García Expósito, a quien condeno a pagar a la actora la suma de 5.190 euros.

2. Condeno, igualmente, al demandado al pago de los intereses de dicha suma en la forma prevista en el fundamento de derecho tercero de esta resolución.

3. Declaro satisfecha extraprocesalmente la pretensión de resolución del contrato de arrendamiento y desahucio del demandado del piso segundo A de la calle Santa Bárbara, número 5, de Madrid.

4. La parte demandada abonará las costas causadas en este procedimiento.

Notifíquese la presente resolución a las partes en forma legal, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, que se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente a la notificación y limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que se impugnan. Para la presentación de dicho recurso es necesaria la constitución de depósito en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” del Juzgado (cuenta número 2533), de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial y por el importe previsto en tal norma, lo que deberá ser acreditado a la preparación del recurso.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Extendida y firmada esta sentencia por la magistrada-juez que la ha dictado, se notifica y archiva en la oficina judicial, dándole publicidad en la forma permitida u ordenada por la Constitución y las Leyes.—Doy fe.

Y para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para que sirva de notificación en forma al demandado don Juan Carlos García Expósito, se extiende la presente.

En Madrid, a 3 de febrero de 2010.—La secretaria (firmado).

(02/2.597/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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