Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 81

Fecha del Boletín 
06-04-2010

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100406-122

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 54

EDICTO

122
Juicio de faltas 911 de 2009

El secretario del Juzgado de instrucción número 54 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 911 de 2009 se ha acordado la siguiente:

CÉDULA DE CITACIÓN

El magistrado-juez del Juzgado de instrucción número 54 de Madrid ha acordado citar a don José Cordero González y “Manzano Arranz, Sociedad Limitada”, a fin de que el día 13 de abril de 2010, a las doce y treinta horas, asistan en la Sala de vistas sita en la planta quinta del Juzgado número 54 de Madrid a la celebración del juicio de faltas indicado, seguido por lesiones imprudentes, en calidad de denunciado y responsable civil subsidiaria.

Se les hace saber que deberán comparecer al acto de juicio con todos los medios de prueba de que intenten valerse (testigos, documentos, peritos) y que podrán acudir asistidos de letrado, si bien este no es preceptivo.

Apercibiéndoles que de residir en este término municipal y no comparecer ni alegar justa causa que se lo impida, podrá imponérseles una multa, parándoles el perjuicio a que hubiere lugar en derecho, y que, en caso de residir fuera de este término, podrán dirigir escrito a este Juzgado en su defensa y apoderar a otra persona para que presente en dicho acto las pruebas de descargo que tuvieren, conforme a lo dispuesto en el artículo 970 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Y para que conste y sirva de citación a don José Cordero González y “Manzano Arranz, Sociedad Limitada”, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido el presente en Madrid, a 25 de marzo de 2010.—El secretario (firmado).

(03/12.267/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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