Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 81

Fecha del Boletín 
06-04-2010

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100406-169

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE GUADALAJARA NÚMERO 2

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

169
Demanda 636 de 2009-C

Doña Pilar Buelga Álvarez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Guadalajara.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 636 de 2009-C de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Alí Kadim, contra la empresa “Planiván Construcciones, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

Auto

En Guadalajara, a 22 de febrero de 2010.

Parte dispositiva:

Acuerdo: Declarar extinguida en fecha de hoy, 22 de febrero de 2010, la relación laboral que vinculó a ambas partes.

Cuantificar el importe de la indemnización a fecha de hoy en (45 ´ 3 años completos, desde el 15 de marzo de 2007 hasta el 22 de febrero de 2010, al computar como meses enteros los períodos de tiempo inferiores al año ´ 43,12 euros/día), 5.821,20 euros; y el de los salarios dejados de percibir (cuarenta y siete días naturales, los transcurridos desde el 18 de marzo de 2009 hasta el 3 de mayo de 2009, ambos días incluidos, por 43,12 euros/día), 2.026,64 euros.

Total (5.821,20 + 2.026,64), 7.847,84 euros; importe que deberá percibir la parte actora y a cuyo pago se condena a la empresa “Planiván Construcciones, Sociedad Limitada”; y todo ello sin perjuicio de la responsabilidad del Fondo de Garantía Salarial con exclusivo fundamento en el artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral). Para la interposición del mismo por quien no sea trabajador ni goce del derecho a asistencia jurídica gratuita, será precisa la consignación como depósito de 25 euros que deberán ser ingresados en la cuenta de este Juzgado en la entidad “Banesto”, calle Mayor, número 12, de Guadalajara, cuenta corriente número 21780000 (clave procedimiento, número procedimiento, año). Por la parte recurrente, en su caso, deberá aportarse resguardo acreditativo de dicho ingreso en cuyo documento en el campo “Concepto” figure que se trata de recurso reposición seguido del código número 30 (Ley Orgánica 1/2009 de 3 de noviembre).

Así por este auto lo pronuncia, manda y firma, el ilustrísimo señor magistrado-juez don José Eduardo Martínez Mediavilla.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Planiván Construcciones, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Guadalajara, a 25 de febrero de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/10.599/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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