Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 82

Fecha del Boletín 
07-04-2010

Sección 1.3.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100407-9

Páginas: 94


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

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RESOLUCIÓN de 9 de marzo de 2010, de la Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego, por la que se habilita al Registro Telemático de la Consejería de Economía y Hacienda para la tramitación de diversos procedimientos administrativos y se ordena la publicación de impresos normalizados para su utilización electrónica.

El artículo 10.1 del Decreto 175/2002, de 14 de noviembre, por el que se regula la utilización de las técnicas electrónicas, informáticas y telemáticas por la Administración de la Comunidad de Madrid, establece que tras la entrada en vigor de este Decreto podrán habilitarse los Registros Telemáticos para la recepción o salida de solicitudes, escritos y comunicaciones relativos a otros procedimientos y trámites, mediante resolución del órgano, organismo o entidad que tenga atribuida la competencia para resolver el procedimiento, previos informes de la Dirección General de Calidad de los Servicios y Atención al Ciudadano y del Organismo Autónomo Informática y Comunicaciones de la Comunidad de Madrid. Estas resoluciones deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Asimismo, el criterio 14.h) del Decreto 85/2002, de 23 de mayo, por el que se regulan los sistemas de evaluación de la calidad de los servicios públicos y se aprueban los Criterios de Calidad de la Actuación Administrativa en la Comunidad de Madrid, establece la obligación de publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, por resolución del órgano correspondiente, los impresos normalizados de procedimientos administrativos, previo informe de la Dirección General de Calidad de los Servicios y Atención al Ciudadano,

En su virtud,

RESUELVO

Primero

Habilitación Registro Telemático

Habilitar al Registro Telemático de la Consejería de Economía y Hacienda para la realización de trámites telemáticos durante la tramitación de los procedimientos denominados “Autorización de locales destinados a salas de juegos colectivos de dinero y azar (bingos)”, “Autorización de locales y zonas de apuestas”,” Inscripción de material de juego en el registro del juego”, “Comunicaciones de emplazamiento”, “Autorización de distribución de juegos colectivos de dinero y azar simultáneos” y “Autorización para la interconexión de máquinas”.

En consecuencia, dichos procedimientos se considerarán incluidos en el Anexo I del Decreto 175/2002, de 14 de noviembre, cuyo último párrafo se entenderá modificado en lo relativo a la relación de procedimientos adscritos a la Consejería de Economía y Hacienda siendo de aplicación:

“Trámites susceptibles de realización ante el Registro Telemático:

Todos aquellos que en el momento de la presentación de la solicitud de inicio del procedimiento se encuentren en situación de operativos en la Comunidad de Madrid, de acuerdo con lo establecido en la página web www.madrid.org”.

Segundo

Publicación de impresos

Ordenar la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de los modelos de impreso que se adjuntan como Anexos, a los efectos regulados en el artículo 35.1 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos, correspondientes a los procedimientos de referencia.

Madrid, a 9 de marzo de 2010.—El Director General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego, Fernando Prats Máñez.

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(03/11.807/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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