Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 83

Fecha del Boletín 
08-04-2010

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100408-177

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 18

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

177
Ejecución 87 de 2009

Doña Pilar Ortiz Martínez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 18 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 87 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Dolores Collazo Casas, contra la empresa “San Miguel Residencia Vida y Salud, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuyo tenor literal es el siguiente:

Providencia

Ilustrísima magistrada-juez de lo social, doña Ofelia Ruiz Pontones.—En Madrid, a 19 de enero de 2010.

Dada cuenta; por recibida la anterior diligencia de notificación a “San Miguel Residencia Vida y Salud, Sociedad Limitada”, únase a los autos de su razón, y visto el estado de las presentes actuaciones, inténtese la notificación por correo certificado de las providencias de fechas 28 de julio y 21 de octubre de 2009 junto con la presente a administradora de la citada sociedad en el domicilio que obra en el procedimiento.

Notifíquese esta resolución.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “San Miguel Residencia Vida y Salud, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 4 de marzo de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/10.673/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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