Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 83

Fecha del Boletín 
08-04-2010

Sección 3.10.20R: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100408-84

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE RIVAS-VACIAMADRID

PERSONAL

84
Nombramiento

El alcalde-presidente, mediante decreto de Alcaldía 877/2010, de 15 de marzo, ha dictado la siguiente resolución, que literalmente transcrita dice:

Este alcalde, en uso de las atribuciones que le confieren los artículos 43, 119.1.a), 120 y 121 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, que aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, en relación con el artículo 21.2 y 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y visto, asimismo, que el artículo 4.1.a) de la misma Ley confiere a los Ayuntamientos la potestad de autoorganización, y con objeto de que la actuación administrativa se ajuste a principios de racionalidad y eficacia, esta Alcaldía-Presidencia resuelve:

Primero.—Derogar el decreto 1132 /2009, de 23 de marzo.

Segundo.—Nombrar concejala-delegada de Mantenimiento de la Ciudad, Parques y Jardines a doña Carmen Pérez Gil, quien tendrá atribución para dirigir y gestionar los servicios correspondientes de conformidad con esta delegación y que conllevará, en todo caso, la facultad de resolver mediante actos administrativos. Delegando las siguientes competencias:

a) Inspección, control y mantenimiento de los servicios de refrigeración, calefacción, suministros de agua, gas y electricidad, así como de los ascensores de todos los edificios e instalaciones municipales.

b) Inspección y control de las redes de alumbrado público y de saneamiento, la supervisión técnica de las instalaciones y redes de distribución de los servicios públicos gestionados por empresas públicas y privadas que estén emplazadas o discurran por terrenos clasificados como urbanos o urbanizables sectorizados, así como la tramitación de los expedientes de autorización de calas.

c) Mantenimiento y conservación de todas las vías públicas, especialmente lo relativo a señalización horizontal y la rotulación de aquellas.

d) La gestión de almacén municipal, así como del material y utillaje propios.

e) El mantenimiento, gestión y control del parque municipal de vehículos, con excepción de los destinados a la Policía Local y Protección Civil.

f) El mantenimiento, conservación y mejora de los edificios e instalaciones públicas municipales en coordinación con las áreas correspondientes, elaborando planes de mantenimiento de edificios e instalaciones públicas municipales.

g) Diseño, control técnico y ejecución de los proyectos relativos a las obras necesarias para mejora de los espacios públicos y la accesibilidad de las calles, así como la realización y gestión del Plan Director de Accesibilidad y eliminación de barreras arquitectónicas en coordinación con el Área de Ordenación del Territorio, así como la adquisición, mantenimiento y conservación del mobiliario urbano del municipio.

h) Diseño, control técnico y ejecución de las obras precisas para el mantenimiento de las redes de saneamiento y de alumbrado municipales.

i) Diseño, control técnico y ejecución de las obras de reposición y reforestación de parques y zonas verdes municipales, así como el control de su conservación y mantenimiento, en coordinación con el Área de Ordenación del Territorio.

Tercero.—Disponer que todas las propuestas, así como en los actos o resoluciones que surtiendo efectos frente a terceros sean firmadas por la concejala-delegada hagan expresa mención al presente decreto de delegación, debiendo reseñar debajo del cargo el número de este decreto y su fecha, por lo que en las notificaciones de aquellos se ofrecerá a los interesados el régimen de recursos que resulte procedente, toda vez que dichos autos o resoluciones ponen fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 52.2.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, y 210.b) del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.

Cuarto.—Notificar íntegramente esta resolución a la concejala-delegada, entendiendo aceptada la misma si, de conformidad con lo establecido en el artículo 14.1 del Real Decreto 2568/1986, no mostrase disconformidad con aquella en el plazo de tres días hábiles siguientes a la recepción de la notificación.

Quinto.—Disponer que la concejala-delegada autorice y disponga gastos menores que sean imputables a gastos corrientes, transferencias e inversiones recogidos en el presupuesto vigente, hasta el límite que se establezca anualmente a través de las bases de ejecución del presupuesto.

Sexto.—Disponer la publicación del presente decreto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en los tablones de anuncios municipales, una vez transcurrido el anterior plazo, dando cuenta del mismo al Pleno de la Corporación en la primera sesión que celebre.

En Rivas-Vaciamadrid, a 15 de marzo de 2010.—El alcalde-presidente, José Masa Díaz.

(03/11.924/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20R: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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