Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 84

Fecha del Boletín 
09-04-2010

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100409-84

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE GRIÑÓN

URBANISMO

84
Modificación proyectos de urbanización SAU 1, SAU 2 y SAU 3

Por resolución de Alcaldía de fecha 11 de agosto de 2009, decreto número 1898, se aprobó definitivamente la modificación de los proyectos de urbanización para la ejecución de las obras exteriores de conexión de media tensión dentro de las obras de urbanización de los denominados SAU 1, SAU 2 y SAU 3, según la nomenclatura de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Griñón, la parte resolutiva de la mencionada resolución es la siguiente:

Primero.—Aprobar definitivamente la modificación a los proyectos de urbanización para la ejecución de las obras exteriores de conexión de media tensión dentro de las obras de urbanización de los denominados SAU 1, SAU 2 y SAU 3, según la nomenclatura de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Griñón, con las siguientes condiciones:

— Las obras se ejecutarán en el plazo indicado en el plan de obra aportado, es decir, en veinte días desde la fecha de notificación de la aprobación de las obras.

— Las obras se ajustarán a la documentación aportada, debiendo, en caso de ser necesaria alguna modificación, presentar en el Ayuntamiento la oportuna documentación modificada, previamente a la ejecución de las obras, para su aprobación. En todo caso a la finalización de las mismas se aportará, en papel y en soporte digital, los planos de la obra finalmente ejecutada.

— Para la ejecución de las zanjas en calzadas se procederá al corte del aglomerado en línea recta y con una anchura constante, a fin de que la calzada quede en las mejores condiciones posibles. Se compactarán adecuadamente los rellenos de las zanjas, rellenando con hormigón las zonas en las que no sea posible la compactación por no haber espacio suficiente.

— La reposición de aceras y bordillos se hará con los mismos materiales que los existentes, por tratarse de zonas puntuales, de acuerdo con la documentación aportada.

— Para el comienzo de las obras deberá ponerse en contacto con la Concejalía de Seguridad, a fin de seguir sus indicaciones sobre ordenación de tráfico, señalización, cortes de calle, etcétera, así como para obtener las oportunas autorizaciones sobre ocupación de la vía pública.

— Deberán cumplirse las condiciones del informe del ingeniero municipal de fecha 6 de agosto de 2009.

Segundo.—Notificar la presente resolución a los interesados personados en el expediente, a todos los propietarios de terrenos incluidos en el ámbito y a aquellos afectados directamente por la actuación.

Tercero.—Ordenar la publicación del presente acuerdo.

Cuarto.—Dar cuenta del presente decreto en la próxima sesión ordinaria del Pleno de la Corporación, según artículo 42 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, y a los efectos previsto en el artículo 22.2.a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

Quinto.—Notificar a la interesada la presente resolución, indicándoles que contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrán interponer los siguientes recursos, o cualquier otro que se considere ajustado a derecho:

— Recurso potestativo de reposición, ante el mismo órgano que ha dictado este acuerdo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al recibo de la notificación de la presente resolución. No se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.

— Recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al recibo de la presente notificación o de la desestimación presunta del recurso potestativo de reposición.

Griñón, a 11 de agosto de 2009.—El alcalde-presidente, José Ramón Navarro Blanco.

(02/10.002/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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