Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 85

Fecha del Boletín 
10-04-2010

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100410-26

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 35

EDICTO

26
Juicio de faltas 899 de 2009

Doña Amalia Josefa Jiménez Redondo, secretaria del Juzgado de instrucción número 35 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 899 de 2009 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

Vistos por mí, don Ignacio Bigeriego González-Camino, magistrado-juez del Juzgado de instrucción número 35 de Madrid, los presentes autos de juicio de faltas número 899 de 2009, en los que han sido partes: el señor fiscal, don Saturio Malaxechevarría Díaz y don Óscar Gutiérrez Cruceto, como denunciantes, y don Samuel Vallejo Sánchez, doña Cristina Heredia Martín y don Andrés Heredia Martín, como denunciados, y “Renfe Operadora”, como perjudicada, en virtud de las facultades que me han sido dadas por la Constitución y en nombre de Su Majestad el Rey dicto la siguiente sentencia.

Que debo absolver y absuelvo a don Samuel Vallejo Sánchez, doña Cristina Heredia Martín y don Andrés Heredia Martín de los hechos aquí enjuiciados. Se declaran de oficio las costas procesales.

La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación, en ambos efectos, en este Juzgado para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid en el plazo de cinco días desde su notificación.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Samuel Vallejo Sánchez, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Madrid, a 9 de febrero de 2010.—La secretaria (firmado).

(03/11.179/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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