Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 87

Fecha del Boletín 
13-04-2010

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100413-51

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE COLMENAREJO

RÉGIMEN ECONÓMICO

51
Calendario fiscal ejercicio 2010

La Junta de Gobierno Local de fecha 3 de marzo de 2010 aprobó el calendario fiscal para el ejercicio 2010, que queda como sigue:

CALENDARIO FISCAL EJERCICIO 2010

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Se procederá a la exposición pública de padrones fiscales quince días antes del inicio del período de cobro en voluntaria y durante el citado período de cobro en voluntaria.

Notificación colectiva: conforme prevé el artículo 102.3 de la Ley General Tributaria, al tratarse de tributos de cobro periódico por recibo, la publicación del presente edicto tendrá los efectos de notificación colectiva de las liquidaciones contenidas en los tributos que se citan.

Recursos: recurso de reposición en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la finalización del período de exposición pública de los correspondientes padrones o matrículas de contribuyentes.

Lugar y días de pago: durante los días hábiles de los períodos indicados en el calendario fiscal, en horas de oficina, en la Tesorería Municipal o en las entidades bancarias colaboradoras de la localidad, previa presentación del recibo enviado al domicilio.

Forma de pago: en metálico o mediante cheque conformado.

Se recuerda a los contribuyentes que pueden hacer uso de la domiciliación de pago a través de entidades bancarias o cajas de ahorro o cooperativas de crédito calificadas.

Procedimiento de apremio: el vencimiento del plazo de ingreso en período voluntario sin haber satisfecho la deuda, determinará el inicio del período ejecutivo con la exigencia de los intereses de demora y de los recargos y costas del procedimiento del apremio, en su caso, conforme lo previsto en el artículo 161 de la Ley General Tributaria.

Colmenarejo, a 11 de marzo de 2010.—La alcaldesa-presidenta, María Isabel Peces-Barba Martínez.

(02/2.705/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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