Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 92

Fecha del Boletín 
19-04-2010

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100419-50

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE COLMENAR DEL ARROYO

RÉGIMEN ECONÓMICO

50
Presupuesto general

Aprobado inicialmente por el Ayuntamiento Pleno el presupuesto general de la Corporación para el ejercicio 2010, en sesión ordinaria celebrada el día 29 de marzo de 2010, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 112.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y 169.1 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el presupuesto se encuentra expuesto al público a efectos de reclamaciones.

Los interesados que estén legitimados según el artículo 170.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y por los motivos enumerados en el mismo, podrán presentar reclamaciones de acuerdo con el siguiente procedimiento:

a) Plazo de exposición y admisión de reclamaciones: quince días hábiles contados a partir del día siguiente a la fecha de inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

b) Oficina de presentación: en el Registro General de la Corporación.

c) Órgano ante el que se reclama: el Pleno de la Corporación. De conformidad con lo establecido en el artículo 169.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales; si no se presentan reclamaciones, el acuerdo de aprobación inicial pasará a definitivo sin necesidad de adoptar nuevo acuerdo.

En Colmenar del Arroyo, a 30 de marzo de 2010.—La alcaldesa-presidenta, Ana Belén Barbero Martín.

(03/13.064/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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