Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 92

Fecha del Boletín 
19-04-2010

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100419-60

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLAVICIOSA DE ODÓN

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

60
Reglamento de constitución de la Junta Pericial

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 60.1 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y de conformidad con el acuerdo del Ayuntamiento Pleno de 26 de marzo de 2010, se hace público lo siguiente:

Aprobación, si procede, del dictamen relativo a la aprobación inicial del Reglamento de Constitución de la Junta Pericial de Villaviciosa de Odón.

Primero.—Aprobar inicialmente el Reglamento de la Junta Pericial por el Pleno del Ayuntamiento (artículo 22.2 de la Ley de Bases de Régimen Local).

Segundo.—Publicar del acuerdo provisional de aprobación en el tablón de anuncios del Ayuntamiento durante el plazo mínimo de treinta días, a los efectos de presentación de reclamaciones por los interesados, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como en uno de los diarios de mayor difusión de la Comunidad de Madrid. En el caso de que no se planteen alegaciones, se entenderá definitivamente aprobado el acuerdo inicialmente adoptado, sin necesidad de nuevo acuerdo plenario. En todo caso, los acuerdos definitivos y el texto íntegro del Reglamento habrá de ser publicado íntegramente en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin que entre en vigor hasta que se haya llevado a cabo tal publicación.

Villaviciosa de Odón, a 31 de marzo de 2010.—El alcalde-presidente en funciones, Francisco José Roldán Núñez.

(03/13.421/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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