Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 92

Fecha del Boletín 
19-04-2010

Sección 1.3.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100419-9

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

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RESOLUCIÓN de 7 de abril de 2010, por la que se hace público el Acuerdo relativo al Plan Especial de Infraestructuras del Plan Director de Suministro de Agua de Riego con Agua Reutilizable, en el término municipal de Arganda del Rey, promovido por el Canal de Isabel II (Ac. 69/10).

La Comisión de Urbanismo de Madrid, en la sesión celebrada el día 25 de marzo de 2010, examinó el expediente relativo al Plan Especial de Infraestructuras del Plan Director de Suministro de Agua de Riego con Agua Reutilizable, en el término municipal de Arganda del Rey, promovido por el Canal de Isabel II.

En virtud del contenido del informe técnico-jurídico, de 15 de marzo de 2010, emitido por la Dirección General de Urbanismo y Estrategia Territorial de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, y demás informes obrantes en el expediente, y aceptando la propuesta formulada por dicha Dirección General el 15 de marzo de 2010, elevada a su consideración, la Comisión de Urbanismo de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61.3.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, adoptó acuerdo del siguiente tenor literal:

“Primero

Aprobar definitivamente el Plan Especial de Infraestructuras del Plan Director de Suministro de Agua de Riego con Agua Reutilizable, en el término municipal de Arganda del Rey, promovido por el Canal de Isabel II, debiendo cumplirse las condiciones establecidas en los siguientes informes sectoriales que obran en el expediente:

— Confederación Hidrográfica del Tajo, de 14 de octubre de 2008.

— Dirección General del Medio Ambiente, de 13 de octubre de 2008, y 24 de noviembre de 2009.

— Dirección General de Carreteras de la Consejería de Transportes e Infraestructuras, de 6 de octubre de 2008.

— Dirección General de Vivienda y Rehabilitación, de 25 de septiembre de 2008.

— Dirección General de Patrimonio Histórico, de 21 de julio de 2009.

— Dirección General de Evaluación Ambiental, de 8 de febrero de 2010.

Asimismo, el Canal de Isabel II deberá cumplir también con la normativa vigente higiénico-sanitaria y recabar los informes sanitarios pertinentes en la ejecución del proyecto.

Segundo

Publicar el presente Acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID”.

En relación con lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, expresamente se significa que un ejemplar del citado Plan Especial se encuentra depositado en la Unidad de Información Urbanística de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, sita en la calle Maudes, número 17, de Madrid, donde puede ser consultado.

Lo que se hace público para general conocimiento, significándose que contra el presente Acuerdo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a su publicación, y sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir.

Madrid, a 7 de abril de 2010.—El Secretario General Técnico, Alfonso Moreno Gómez.

(01/1.578/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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