Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 93

Fecha del Boletín 
20-04-2010

Sección 3.10.20H: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100420-89

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE HOYO DE MANZANARES

RÉGIMEN ECONÓMICO

89
Modificación ordenanza

El Ayuntamiento en Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 25 de marzo de 2010, aprobó inicialmente la modificación de la ordenanza reguladora de los precios públicos por prestación de servicios de piscinas, instalaciones deportivas y actividades deportivas en los siguientes términos:

Artículo 4.o Modificar apartados 3.a) y 3.b).

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Artículo 5.o Añadir apartado 7 con la siguiente redacción:

«7. Los abonos que se hagan en el último trimestre del año pagarán el 50 por 100 de la cuota recogida en el apartado 5 de este mismo artículo».

Artículo 9.o Modificar el apartado 2 y añadir el apartado 4 en el sentido siguiente:

«2. Donde dice: “... deberá avisarse por escrito con dos días hábiles...”, se dirá: “... deberá avisarse por escrito o por correo electrónico con cinco días hábiles antes del inicio del trimestre o quincena...”

4. Lista de espera. Las listas de espera quedan anuladas al momento de la finalización del curso deportivo; esto es, el 30 de junio».

Artículo 10.o Modificar el apartado 2 en el sentido siguiente:

«2. Donde dice: “... a los mayores de diecisiete años...”, se dirá: “... a los mayores de dieciséis años...”.

Artículo 11.o Añadir apartados 5, 6 y 7 con la siguiente redacción:

«5. Para que en el alquiler de una instalación se apliquen las tarifas de abonados bastará con que uno de los usuarios se encuentre abonado.

6. La reserva de instalación se realizará como máximo cuarenta y ocho horas antes de su uso.

7. Taquillas. El uso de las taquillas se realizará solicitando la llave en la oficina y devolviéndola al mismo sitio una vez utilizada, si la llave no es devuelta se cobrará un recargo de 25 euros. Las taquillas serán vaciadas y revisadas al final cada día».

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, dicho acuerdo, con todos los antecedentes, permanecerá expuesto al público en este Ayuntamiento por un plazo de treinta días hábiles, a contar del siguiente al de publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, durante cuyo plazo podrán los interesados examinar el expediente y presentar las reclamaciones y sugerencias que estimen oportunas. Caso de que no se presenten reclamaciones o sugerencias, se entenderá definitivamente aprobada la citada ordenanza.

En Hoyo de Manzanares, a 26 de marzo de 2010.—El alcalde, José Ramón Regueiras García.

(03/13.693/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20H: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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