Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 93

Fecha del Boletín 
20-04-2010

Sección 3.10.30: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100420-141

Páginas: 3


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

CONSORCIO SIERRA NORTE DE MADRID (GALSINMA)

RÉGIMEN ECONÓMICO

141
Convocatoria de subvenciones Enfoque Leader Desarrollo Rural (2007-2013)

Resolución de 3 de marzo de 2010, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para la financiación de proyectos en el marco del Enfoque Leader del Programa de Desarrollo Rural de la Comunidad de Madrid (2007-2013), cofinanciables por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) en base a la Estrategia de Desarrollo Comarcal de la Sierra Norte de Madrid, gestionadas por el Grupo de Acción Local Consorcio Sierra Norte. La resolución de 3 de marzo, de la Junta Directiva del Grupo de Acción Local de la Sierra Norte de Madrid, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones para la financiación de proyectos en el marco del Enfoque Leader del Programa de Desarrollo Rural de la Comunidad de Madrid (2007-2013), en adelante PDR-CM 2007-2013, cofinanciables por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) en base a la Estrategia de Desarrollo Comarcal de la Sierra Norte de Madrid (2007-2013), en adelante Estrategia D. R. Sierra Norte 2007-2013.

Considerando lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, sobre el inicio del procedimiento para las convocatorias de concesión de subvenciones, la información referente a la disponibilidad presupuestaria, la cuantía de las subvenciones y el plazo de presentación de solicitudes.

Considerando la Orden 2987/2009, de 27 de julio, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, por la que se selecciona la estrategia de desarrollo local presentada por el Grupo de Acción Local de la Sierra Norte, de conformidad con la Orden 2324/2008, de 31 de diciembre, de selección de estrategias de desarrollo local y de los grupos de acción local encargados de su gestión en el marco del PDR-CM 2007-2013.

El procedimiento de gestión interna del Grupo de Acción Local de la Sierra Norte en el marco del Enfoque Leader del PDR-CM 2007-2013 para la aplicación de la Estrategia D. R. Sierra Norte 2007-2013 establece que es responsabilidad de la Junta Directiva del Grupo de Acción Local de la Sierra Norte la aprobación y publicación de las bases reguladoras y las convocatorias de ayudas.

Vistos los antecedentes y fundamentos enunciados, y en uso de las facultades que tengo atribuidas, en virtud del acuerdo aprobado por la Junta Directiva del Grupo de Acción Local de la Sierra Norte en la reunión celebrada el 3 de marzo, se aprueba:

Primero. Objeto y ámbito.—1. Convocar la solicitud de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a financiar proyectos en el marco del Enfoque Leader del PDR-CM 2007-2013, cofinanciables por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural en base a la Estrategia D. R. Sierra Norte 2007-2013, gestionadas por el Grupo de Acción Local de la Sierra Norte.

2. El ámbito de actuación comprende los municipios de: Acebeda (La), Alameda del Valle, Atazar (El), Berrueco (El), Berzosa del Lozoya, Braojos, Buitrago del Lozoya, Bustarviejo, Cabanillas de la Sierra, Cabrera (La), Canencia, Cervera de Buitrago, Garganta de los Montes, Gargantilla del Lozoya-Pinilla de Buitrago, Gascones, Hiruela (La), Horcajo de la Sierra, Horcajuelo de la Sierra, Lozoya, Lozoyuela-Navas-Sieteiglesias, Madarcos, Montejo de la Sierra, Navalafuente, Navarredonda y San Mamés, Patones, Pinilla del Valle, Piñuécar-Gandullas, Prádena del Rincón, Puebla de la Sierra, Puentes Viejas (Serrada, Mangirón, Paredes y Cinco Villas), Rascafría-Oteruelo, Redueña, Robledillo de la Jara, Robregordo, Serna del Monte (La), Somosierra, Torrelaguna, Torremocha del Jarama, Valdemanco, Vellón (El), Venturada, Villavieja del Lozoya, todos ellos en la Comunidad de Madrid.

3. Los proyectos a subvencionar deberán ajustarse a las características, objetivos y requisitos recogidos en la Estrategia de Desarrollo Comarcal de la Sierra Norte de Madrid.

Segundo. Normativa de aplicación.—1. Bases reguladoras para la financiación de proyectos en el marco del Enfoque Leader del PDR de la Comunidad de Madrid (2007-2013) en base a la Estrategia D. R. Sierra Norte 2007-2013, gestionadas por el Grupo de Acción Local Sierra Norte, aprobadas en la reunión de la Junta Directiva del Grupo de Acción Local de la Sierra Norte de 3 de marzo, que podrán ser consultadas en la página web www.galsinma.org, así como en los tablones de anuncios de los Ayuntamientos que conforman el ámbito de actuación y en el Grupo de Acción Local de la Sierra Norte (GALSINMA).

2. Las ayudas quedarán, asimismo, sometidas a la normativa comunitaria relativa a las medidas cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural, así como a la restante normativa estatal y autonómica de aplicación.

Tercero. Dotación presupuestaria y cuantía de las subvenciones.—1. La dotación de fondos destinada a las distintas convocatorias será de 987.060 euros anuales (2010-2014), repartiéndose equitativamente en cada convocatoria del año y según la intensidad de cada medida.

2. Las cuantías que no se comprometan pasarán a formar parte de la siguiente convocatoria. En el caso de que un proyecto quedara aprobado sin financiación suficiente el grupo será el que determine si pasarlo a la siguiente convocatoria o detraer fondos de la siguiente convocatoria para completar la financiación del proyecto.

Cuarto. Plazo de presentación y modelo de solicitud.—1. Los plazos de presentación de solicitudes de ayudas en el presente período de convocatoria serán los siguientes:

Treinta días naturales a partir del día siguiente a la publicación de la presente convocatoria de ayudas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y también del 1 al 31 de octubre de 2010.

Del 1 al 31 de enero; del 1 al 31 de mayo y del el 1 al 31 de octubre de los años 2011, 2012 y 2013.

2. El modelo de solicitud de ayuda es el que figura en el anexo I de las bases reguladoras, cuya presentación deberá acompañarse de la documentación que corresponda en función del tipo de solicitante y proyecto para el que solicita la ayuda, según lo establecido en las bases reguladoras que regulan esta convocatoria.

3. Las solicitudes, que deberán ir dirigidas al presidente del Grupo de Acción Local de la Sierra Norte (GALSINMA), junto con la documentación complementaria, se presentarán en las oficinas centrales del GALSINMA, situada en calle Escuelas, número 5, 28721 Cabanillas de la Sierra (Madrid) o en cualquier otro registro, ya sea de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de Ayuntamientos que hayan firmado el convenio a tal efecto (Ventanilla Única), en las oficinas de Correos o por cualquier otra de las formas previstas en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Quinto. Concesión de ayudas.—1. Las solicitudes de ayuda serán evaluadas por la Gerencia del Grupo de Acción Local de la Sierra Norte.

2. La Gerencia emitirá la correspondiente propuesta de resolución dirigida a la Junta Directiva del Grupo de Acción Local de la Sierra Norte, que será quien resuelva la convocatoria, de acuerdo con lo establecido en el procedimiento de gestión interna del Grupo de Acción Local de la Sierra Norte en el marco del Enfoque Leader del PDR-CM (2007-2013) para la aplicación de la Estrategia D. R. Sierra Norte 2007-2013.

3. La concesión de las ayudas será notificada individualmente al beneficiario.

4. Para la tramitación y concesión de las ayudas se seguirá todo lo establecido en las bases reguladoras aprobadas por la Junta Directiva del Grupo de Acción Local de la Sierra Norte en sesión celebrada 3 de marzo de 2010 y así como en el procedimiento de gestión interna del Grupo de Acción Local de la Sierra Norte.

Sexto. Publicidad.—1. De conformidad con lo establecido en el Procedimiento de gestión de interna del Grupo de Acción Local de la Sierra Norte la publicidad de las convocatorias se realizará a través de los distintos medios y entidades asociadas al grupo, así como en la página web del Grupo de Acción Local de la Sierra Norte, www.galsinma.org, en el tablón de anuncios del Consorcio y a través del BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

2. Como mínimo una vez al año, el Grupo de Acción Local de la Sierra Norte dará difusión y publicará en una resolución conjunta de la convocatoria, en versión electrónica o impresa, la lista de los solicitantes, los desistidos, los desestimados, los beneficiarios de las ayudas, las denominaciones de los proyectos subvencionados y los importes de las ayudas públicas asignadas y la lista de reserva (si la hubiese), si bien deberá garantizarse el derecho de acceso a los interesados de la misma así como su derecho a formular objeciones.

Séptimo. Recursos.—Contra la resolución se podrá presentar recurso ante la Junta Directiva del Grupo de Acción Local de la Sierra Norte, o de alzada, directamente ante la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid.

DISPOSICIONES ADICIONALES

Primera. Para todas aquellas cuestiones no reguladas en esta orden de convocatoria se aplicará lo establecido en el convenio suscrito con la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio para la aplicación del eje 4 del Programa de Desarrollo Rural de la Comunidad de Madrid 2007-2013 para la aplicación de las estrategias de desarrollo local en la Comunidad de Madrid, cofinanciables por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural.

Segunda. En caso de conflicto o desacuerdo entre el convenio suscrito con la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio para la aplicación del eje 4 del Programa de Desarrollo Rural de la Comunidad de Madrid 2007-2013, antes mencionado, y esta orden de convocatoria siempre tendrá prevalencia el convenio suscrito con la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio para la aplicación del eje 4 del Programa de Desarrollo Rural de la Comunidad de Madrid 2007-2013, que será de obligatorio cumplimiento para todos los intervinientes en la gestión de las ayudas, tanto beneficiarios como gestores.

En Cabanillas de la Sierra, a 22 de marzo de 2010.—El presidente de GALSINMA, Álvaro López Serrano.

(03/13.541/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.30: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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