Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 94

Fecha del Boletín 
21-04-2010

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100421-156

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 28

EDICTO

156
Divorcio contencioso 459 de 2009

Doña Eva María Luna Mairal, secretaria del Juzgado de primera instancia número 28 de Madrid.

Por el presente edicto hago saber: Que en este Juzgado de mi cargo y Secretaría de la que refrenda se siguen autos de divorcio contencioso número 459 de 2009, sobre otras materias, a instancias de doña Diana Alexandra Quinatoa Cuenca, representado por la procuradora doña María Amaya Castillo Gallo, contra don Enrique Guerrero Alegre, en ignorado paradero, en los que por resolución del día de hoy se ha acordado notificar la sentencia de fecha 23 de marzo de 2010 por medio de edictos, y cuyo encabezamiento y fallo son del siguiente tenor literal:

Sentencia número 122 de 2010

En Madrid, a 23 de marzo de 2010.—Don Joaquín Castro Colás, magistrado-juez sustituto del Juzgado de primera instancia número 28 de Madrid, vistos los autos de divorcio seguidos con el número 495 de 2009, a instancias de doña Diana Alexandra Quinatoa Cuenca, representada por la procuradora doña María Amaya Castillo Gayo, contra don Enrique Guerrero Alegre, resultando el siguientes

Fallo

Que estimando la demanda formulada por la procuradora doña María Leocadia García Cornejo, en nombre y representación de doña Diana Alexandra Quinatoa Cuenca, contra don Enrique Guerrero Alegre, debo declarar y declaro la disolución por causa de divorcio del matrimonio contraído por ambas partes litigantes con todos los efectos legales inherentes a esta declaración. Todo ello sin expresa condena en costas.

Una vez firme la presente resolución comuníquese la misma mediante remisión de testimonio al Registro Civil de Madrid, donde halla inscrito el matrimonio cuya disolución por divorcio se acuerda, Sección Segunda, tomo 327, página 217.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al ministerio fiscal, observando lo prevenido en el artículo 248 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y en la disposición adicional decimoquinta introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre.

Y para que así conste y sirva de notificación de la sentencia al demandado, don Enrique Guerrero Alegre, y para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido y firmo el presente en Madrid, a 23 de marzo de 2010.—La secretaria (firmado).

(03/12.760/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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