Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 94

Fecha del Boletín 
21-04-2010

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100421-266

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 28

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

266
Ejecución 13 de 2010

Don Máximo Javier Herreros Ventosa, secretario judicial del Juzgado de lo social número 28 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 13 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Ainhoa Sánchez Sánchez, contra doña Vanessa Lara Malpartida, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente propuesta de providencia de fecha 13 de enero de 2010, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Propuesta de providencia.—El secretario judicial, Máximo Javier Herreros Ventosa. En Madrid, a 13 de enero de 2010.

Por presentado el anterior escrito y minuta de honorarios, por la letrada doña Ainhoa Sánchez Sánchez, regístrese en el libro de ejecuciones y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, requiérase a doña Vanessa Lara Malpartida, para que en el plazo de diez días proceda a abonar la cantidad de 495,80 euros, más 150 euros que se fijan para costas o impugne la cuenta, bajo apercibimiento de apremio si no pagare ni formulare impugnación.

Notifíquese a las partes.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

De conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, será necesario para la interposición del recurso de reposición acreditar la consignación de un depósito de 25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” del Juzgado, abierta en “Banesto” con el número 2526/0000/00/número de expediente (cuatro dígitos)/año del expediente (dos dígitos), total 16 dígitos. Dicho depósito será exigible únicamente a quienes no tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social. También están exentos el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las entidades locales y los organismos autónomos dependientes de todos ellos.

Lo que propongo a su señoría para su conformidad. Doy fe.—Conforme: El magistrado-juez de lo social (firmado).—La secretaria judicial (firmado).

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a doña Vanessa Lara Malpartida, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 11 de marzo de 2010.—El secretario judicial (firmado).

(03/12.590/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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