Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 94

Fecha del Boletín 
21-04-2010

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100421-283

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

283
Demanda 1.048 de 2009

Doña Emilia Morales Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 32 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.048 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguidos a instancias de doña María Eugenia García Gandarillas, doña Inés García Ferrer, doña María José Albert Yebra, doña María Victoria Gallego Romero, doña Sonia Gutiérrez Rojas y doña Dolores Rayo Cabanillas, contra la empresa “Cuatro Dieciséis, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 96 de 2010

En Madrid, a 25 de febrero de 2010.—Doña María Luisa Gil Meana, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 32 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre ordinario, entre partes: de una, y como demandantes, doña María Eugenia García Gandarillas, doña Inés García Ferrer, doña María José Albert Yebra, doña María Victoria Gallego Romero, doña Sonia Gutiérrez Rojas y doña Dolores Rayo Cabanillas, que comparecen asistidas de la letrada con número de colegiada 69.050, y de otra, como demandada, “Cuatro Dieciséis, Sociedad Limitada”, en nombrel de Su Majestad el Rey ha dictado la siguiente sentencia:

Fallo

Que con estimación de la demanda presentada por doña María Eugenia García Gandarillas, doña Inés García Ferrer, doña María José Albert Yebra, doña María Victoria Gallego Romero, doña Sonia Gutiérrez Rojas y doña Dolores Rayo Cabanillas, contra “Cuatro Dieciséis, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a la parte demandada a abonar a las actoras las siguientes cantidades:

A doña María Eugenia García Gandarillas: 6.254,51 euros.

A doña Inés García Ferrer: 16.965,18 euros.

A doña María José Albert Yebra: 13.990,15 euros.

A doña María Victoria Gallego Romero: 10.037,39 euros.

A doña Sonia Gutiérrez Rojas: 7.949,72 euros.

A doña Dolores Rayo Cabanillas: 8.622,78 euros.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social o causahabiente suyo, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 150,25 euros en la cuenta abierta en “Banesto”, calle Orense, número 19, a nombre de este Juzgado con el número 2805, acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad consignar en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta en “Banesto”, calle Orense, número 19, a nombre de este Juzgado con el número 2805, la cantidad objeto de condena o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo.

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Cuatro Dieciséis, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 16 de marzo de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/12.477/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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