Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 96

Fecha del Boletín 
23-04-2010

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100423-103

Páginas: 4


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE PINTO

RÉGIMEN ECONÓMICO

103
Modificación ordenanza fiscal

En sesión del Pleno municipal de 28 de enero de 2010 se aprobó inicialmente el expediente de modificación de ordenanza fiscal número 2.13 reguladora de la tasa por prestación de servicios de instalaciones deportivas y piscinas. Habiéndose cumplido el plazo de exposición pública sin que se hayan presentado reclamaciones al acuerdo de aprobación inicial, se ha elevado a definitivo, procediendo a la publicación de la modificación realizada en dicha ordenanza, quedando su parte dispositiva como sigue:

Art. 4. Cuota.—1. La cuantía de la tasa a satisfacer por los usuarios de este servicio, entendiendo por tales las personas que al satisfacer la misma adquieren dicha condición, que les permite acceder a las instalaciones y servicios de forma más ventajosa, regulada en esta ordenanza será la fijada en las cuotas contenidas en el apartado siguiente.

2. Las cuotas de la tasa serán las siguientes:

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Siempre que alquile la pista una persona mayor de dieciocho años, se cobrará el importe de la pista como adulto, independientemente de que el resto de los jugadores sean menores de dieciocho años.

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Jubilados y pensionistas, 50 por 100 de descuento exclusivamente en entradas (no bonos).

Parados, 50 por 100 de descuento exclusivamente en entradas (no bonos).

Minusválidos físicos, 50 por 100 de descuento exclusivamente en entradas (no bonos).

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Entendiéndose que en la piscina de invierno de cada temporada comprende desde septiembre hasta mayo.

En el caso de los cursillos de piscina de invierno el abono de las cuotas que figuran en la presente ordenanza, que son mensuales, será trimestral, abonándose previamente al comienzo de cada trimestre natural.

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Para la próxima campaña se aplicará una cuota de inscripción igual a la cuota de matrícula de los precios de actividades para adultos. Esta cuota será aplicada a cada participante de las competiciones o campeonatos de carácter social que organice la Concejalía de Deportes de Pinto, sean transitorias o por temporada.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente ordenanza fue aprobada por el Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el día 29 de octubre de 1998, siendo modificada por acuerdo plenario de 7 de agosto de 2003; siendo modificada nuevamente por acuerdo plenario de 28 de enero de 2010, entrando en vigor una vez cumplidos los trámites legales, permaneciendo en vigor hasta que se acuerde su modificación o derogación expresa.

En Pinto, a 22 de marzo de 2010.—El alcalde, Juan José Martín Nieto.

(03/12.954/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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