Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 97

Fecha del Boletín 
24-04-2010

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100424-135

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 33

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

135
Demanda 29 de 2010

Doña María Teresa Domínguez Velasco, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 33 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 29 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Carlos Alberto Cañaveral Molina, contra las empresas “HRM Construcción y Rehabilitación, Sociedad Limitada”, y “Cube Rehabilitaciones, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia

En Madrid, a 18 de marzo de 2010.

Fallo

Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por don Carlos Alberto Cañaveral Molina, contra las mercantiles “Cube Rehabilitaciones, Sociedad Limitada”, y “Hoy Rehacemos Madrid, Sociedad Limitada”, declaro improcedente el despido del actor y, en consecuencia, condeno a la empresa “Hoy Rehacemos Madrid, Sociedad Limitada”, a la inmediata readmisión del actor o, a elección de aquella, a que le indemnice con la suma de 758,25 euros, y en ambos casos con abono de los salarios de tramitación desde la fecha del despido (19 de noviembre de 2009) hasta la notificación de la presente resolución a razón de 50,55 euros por día.

Con la advertencia de que la opción deberá efectuarse mediante escrito o comparecencia ante la Secretaría del Juzgado de lo social dentro del plazo de cinco días a contar desde la notificación de la sentencia, sin esperar la firmeza de la misma, y en caso de no hacer la opción expresamente, se entenderá que opta por a readmisión.

Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles que pueden recurrir en suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de cinco días hábiles a contar del siguiente a la notificación, por medio de comparecencia o por escrito.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a “HRM Construcción y Rehabilitación, Sociedad Limitada”, y “Cube Rehabilitaciones, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 18 de marzo de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/13.742/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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