Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 98

Fecha del Boletín 
26-04-2010

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100426-226

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

226
Demanda 600 de 2009

Doña María Ángeles Charriel Ardebol, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 600 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Francisco Javier Esquivias Iglesias, don Jesús Cabeza Fernández, don Bernabé Arévalo Rosario, don Mohamed Fars, don Pedro Braulio Neyra Cruces y don Alfredo Enrique Navarrete Ronquillo, contra las empresas “Construcción, Reformas, Decoración y Obra Civil, Sociedad Limitada”, y “Trap, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia de fecha 18 de marzo de 2010, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Sentencia número 156

En Madrid, a 18 de marzo de 2010.

Fallo

Que estimando la demanda formulada por los demandantes citados en el encabezamiento contra las empresas “Construcción, Reformas, Decoración y Obra Civil, Sociedad Limitada”, “Trap, Sociedad Anónima”, y Fondo de Garantía Salarial, debo condenar y condeno a la empresa empleadora demandada “Construcción, Reformas, Decoración y Obra Civil, Sociedad Limitada”, a abonar las siguientes cantidades:

A don Francisco Javier Esquivias Iglesias: 7.408,42 euros.

A don Jesús Cabeza Fernández: 7.130,71 euros.

A don Bernabé Arévalo Rosario: 6.437,41 euros.

A don Mohamed Fars: 6.421,19 euros.

A don Pedro Braulio Neyra Cruces: 3.018,97 euros.

A don Alfredo Enrique Navarrete Ronquillo: 7.408,42 euros.

Y debo condenar y condeno, solidariamente, a la empresa “Trap, Sociedad Anónima”, a abonar las siguientes cantidades:

A don Francisco Javier Esquivias Iglesias: 3.262,17 euros.

A don Jesús Cabeza Fernández: 3.141,36 euros.

A don Bernabé Arévalo Rosaario: 2.889,39 euros.

A don Mohamed Fars: 2.922,28 euros.

A don Alfredo Enrique Navarrete Ronquillo: 3.262,17 euros.

Más el interés de mora del 10 por 100 de dichas cantidades, a contar desde su devengo.

Notifíquese esta sentencia a las partes, con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución mediante manifestación de la parte o de su abogado o su representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado o su representante dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso de haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado con el número 2512, clave 65, en “Banesto”, en la calle Orense, número 19, de Madrid (haciendo constar en el ingreso el número de expediente).

Asimismo, deberá en el momento de interponer el recurso consignar la suma de 150,25 euros (25.000 pesetas) en concepto de depósito en dicha cuenta bancaria (haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento).

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Construcción, Reformas, Decoración y Obra Civil, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 23 de marzo de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/13.455/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100426-226