Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 98

Fecha del Boletín 
26-04-2010

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100426-176

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VELILLA DE SAN ANTONIO

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

176
Delegación de competencias

La Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento de Velilla de San Antonio ha emitido el siguiente decreto, cuyo texto íntegro dice:

En virtud de las competencias que se me confieren de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.2.3 de la Ley 7/1985, de Bases de Régimen Local, y los artículos 41, 43, 44, 45 y 46 del Reglamento de Organización y Funcionamiento, decreto:

Primero.—Delegar en los concejales/as que a continuación se especifican y para las materias que se indican:

Concejalía de Sanidad y Consumo, Cultura, Festejos, Mujer y Servicios de Alcantarillado: doña María Olga Bueno Dueñas, que tendrá las siguientes competencias genéricas de entre las propias de la Alcaldía.

Área de Sanidad y Consumo:

— Impulso y dirección política de las competencias que se atribuyan al Ayuntamiento, y en concreto:

l Seguimiento y control de la política sanitaria dentro del municipio.

l Seguimiento y control del servicio sanitario y en especial del Centro de Salud Municipal.

l Impulso y seguimiento de la gestión de la Mancomunidad de Consumo “Henares-Jarama”.

l Impulso y seguimiento de la política sanitaria animal.

Área de Cultura:

— Impulso y dirección política tendentes al fomento de la cultura en el municipio, y en concreto:

l Realización de actividades culturales en el municipio.

l Impulso institucional del Auditorio Municipal.

l Impulso institucional de la Biblioteca Municipal.

Área de festejos:

Organización, impulso y promoción de las festividades locales y, en concreto, el impulso, seguimiento y gestión de las fiestas patronales y actividades taurinas.

Área de Mujer:

— Impulso y dirección política tendentes a la efectiva integración de las mujeres en la sociedad, y en concreto:

l Promoción de actividades para la mujer.

l Coordinación con las actividades de otras áreas que puedan fomentar estos fines.

l Seguimiento del desarrollo de los Planes de Igualdad entre hombres y mu- jeres.

l Dirección del Centro Asesor de la Mujer.

Servicios de Alcantarillado:

— Seguimiento y concesión de los permisos de enganches de agua y alcantarillado (licencias de cala, etcétera).

— Seguimiento del servicio de agua y alcantarillado público.

Organización y seguimiento del personal adscrito a estas áreas.

Concejalía de Infancia y Juventud, Mayores y Servicios Sociales: doña Teresa Angullo García, que tendrá las siguientes competencias genéricas de entre las propias de la Alcaldía.

Área de Infancia y Juventud.

— Impulso y dirección política de las iniciativas que han de cubrir la banda poblacional denominada infancia y juventud, a fin de fomentar su mejor incorporación activa a todos los aspectos sociales, y en concreto:

l El fomento de actividades que cumplan dicho fin.

l La Casa de la Juventud.

l Protección y atención de los niños y niñas de la localidad.

Área de Mayores:

— Impulso y dirección política de los derechos de las personas mayores, y en concreto:

l Relaciones institucionales con el colectivo de la tercera edad.

l Casa de la Tercera Edad.

l Actividades de la tercera edad.

Área de Servicios Sociales.

— Impulso y dirección política de las competencias en Servicios Sociales que tenga asignado el municipio, lo que se concreta en:

l Vocal de la Mancomunidad de Servicios Sociales, relaciones con la misma.

l Organización de las actividades propias de los Servicios Sociales del municipio en relación con la Mancomunidad o fuera de esta.

l Actividades sociales.

l Servicios sociales de carácter general.

Organización y seguimiento del personal adscrito a estas áreas.

Segundo.—Mantener el resto de competencias delegadas en los distintos concejales según el decreto 2962/2009.

Tercero.—Notificar este nombramiento a los concejales designados.

Cuarto.—Publicar los nombramientos en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID , en cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 46.1 del Reglamento de Organización y Funcionamiento, y exponer en el tablón de anuncios el presente decreto para conocimiento general.

Quinto.—Dar cuenta al Pleno en cumplimiento con lo preceptuado en los artículos 38 y 46 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Comunidades Locales.

En Velilla de San Antonio, a 5 de abril de 2010.—Ante mí, el secretario general, Carlos L. Miró Mancebo.—El alcalde-presidente, Julio Sánchez Alarilla.

Lo que se hace público en cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 44.2 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Comunidades Locales.

En Velilla de San Antonio, a 6 de abril de 2010.—El secretario general, Carlos L. Miró Mancebo.

(03/14.450/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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