Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 98

Fecha del Boletín 
26-04-2010

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100426-114

Páginas: 3


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

Área de Gobierno de Seguridad y Movilidad

Departamento de Recursos y Régimen Jurídico

Negociado de Régimen Jurídico II

114
Expedientes sancionadores

Por el presente anuncio se notifica a los interesados que más abajo se relacionan los decretos o resoluciones que a continuación se indican, advirtiéndose que dichas resoluciones ponen fin a la vía administrativa y contra las mismas se podrán interponer los siguientes recursos:

I. Recurso potestativo de reposición, ante el órgano competente para resolver, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio, de conformidad con los artículos 107 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

II. Directamente, recurso contencioso-administrativo, ante el órgano jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

III. Todo ello sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 58 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).

Lo que se comunica a efectos de lo previsto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 61 del mismo texto legal, por considerarse que la publicación íntegra de los actos administrativos podría lesionar los derechos e intereses legítimos de dichos interesados.

El importe de dicha sanción podrá hacerlo efectivo mediante abonaré que podrá retirar en el Departamento de Recursos y Régimen Jurídico, Negociado de Régimen Jurídico II, sito en el paseo de Recoletos, número 5, 28004 Madrid, teléfono 915 889 137.

De no realizarse el oportuno ingreso en el plazo indicado, se procederá a su exacción por vía de apremio con los recargos legalmente exigibles.

Relación de expedientes sancionadores

Referencia. — Interesado. — Fecha del decreto/resolución. — Norma infringida. — Sanción

183/2009/03441. — C. CH. R., 6017994-K. — 9 de febrero de 2010. — Artículo 26.G) de la Ley 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana. — 300,41 euros. Incautación objeto.

183/2009/03449. — J. P. B., 13928505-G. — 9 de febrero de 2010. — Artículo 26.G) de la Ley 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana. — 300,51 euros. Incautación objeto.

183/2009/03936. — J. L.-C. V., 5308272-X. — 25 de enero de 2010. — Artículo 26.H) de la Ley 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana. — 300,51 euros.

183/2009/04384. — A. M. G., 4217633-P. — 9 de febrero de 2010. — Artículo 26.H) de la Ley 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana. — 300,51 euros.

183/2006/05852. — I. A. R., 5.263.435. — 19 de enero de 2010. — Artículo 25.2 de la Ley 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana. — Suspensión cautelar.

183/2009/00510. — A. E. T., 47289405-W. — 5 de febrero de 2010. — Artículo 25.1 de la Ley 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana. — Archivo.

183/2009/00798. — J. R. M., 7476825-P. — 1 de febrero de 2010. — Artículo 25.1 de la Ley 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana. — Archivo.

183/2009/01661. — J. P. A., 50976778-S. — 5 de febrero de 2010. — Artículo 25.1 de la Ley 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana. — Archivo.

183/2009/01995. — E. L. R., 27482531-S. — 5 de febrero de 2010. — Artículo 25.1 de la Ley 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana. — Archivo.

183/2009/03225. — A. C. P., 77718415-N. — 25 de enero de 2010. — Artículo 25.1 y 2 de la Ley 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana. — 1.200 euros. Suspensión cautelar.

183/2009/03425. — O. M. R., 47284058-Z. — 25 de enero de 2010. — Artículo 25.1 de la Ley 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana. — 1.200 euros.

183/2009/03454. — J. C. R., 2671314-W. — 5 de febrero de 2010. — Artículo 25.1 de la Ley 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana. — 1.200 euros.

183/2009/03527. — J. P.-C. D., 5291414-B. — 9 de febrero de 2010. — Artículo 25.1 de la Ley 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana. — 1.200 euros.

183/2009/03683. — A. M. F., 51407798-S. — 25 de enero de 2010. — Artículo 25.1 de la Ley 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana. — 1.200 euros.

183/2009/03701. — A. D.-M. R., 20267993-W. — 9 de febrero de 2010. — Artículo 25.1 de la Ley 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana. — 1.200 euros.

183/2009/04097. — E. C. R., 5337192-L. — 9 de febrero de 2010. — Artículo 25.1 de la Ley 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana. — 1.200 euros.

183/2009/04110. — A. B. P., 2664387-K. — 25 de enero de 2010. — Artículo 25.1 y 2 de la Ley 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana. — 1.200 euros. Suspensión cautelar.

183/2009/04192. — C. B. P., 53407969-Z. — 9 de febrero de 2010. — Artículo 25.1 de la Ley 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana. — 1.200 euros.

183/2009/04252. — A. F. C., 51468447-J. — 5 de febrero de 2010. — Artículo 25.1 de la Ley 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana. — 1.200 euros.

183/2009/04284. — F. C. S., 20817550-C. — 2 de febrero de 2010. — Artículo 25.2 de la Ley 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana. — Suspensión cautelar.

183/2009/04319. — F. S. R., 50124082-K. — 9 de febrero de 2010. — Artículo 25.1 de la Ley 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana. — 1.200 euros.

183/2009/04320. — J. S. P., 50992157-F. — 9 de febrero de 2010. — Artículo 25.1 de la Ley 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana. — 1.200 euros.

183/2009/04458. — K. F. O., X-2812268-N. — 9 de febrero de 2010. — Artículo 25.1 de la Ley 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana. — 1.200 euros.

183/2009/04487. — D. B., X-2870807-Q. — 2 de febrero de 2010. — Artículo 25.2 de la Ley 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana. — Suspensión cautelar.

183/2009/04491. — W. J. S., 51994691-V. — 9 de febrero de 2010. — Artículo 25.1 de la Ley 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana. — 1.200 euros.

183/2009/04497. — M. R. A., 51999730-L. — 5 de febrero de 2010. — Artículo 25.2 de la Ley 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana. — Suspensión cautelar.

183/2009/04503. — J. G. G., 52004414-B. — 5 de febrero de 2010. — Artículo 25.2 de la Ley 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana. — Suspensión cautelar.

183/2009/04530. — E. D. V., 53421971-D. — 25 de enero de 2010. — Artículo 25.1 de la Ley 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana. — 1.200 euros.

183/2009/04612. — D. P. M., 52008858-Q. — 9 de febrero de 2010. — Artículo 25.1 de la Ley 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana. — 1.200 euros.

183/2009/04646. — P. R. B., X-3884422-K. — 25 de enero de 2010. — Artículo 25.1 de la Ley 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana. — 3.000 euros.

183/2009/04647. — S. S. B., 50770746-V. — 25 de enero de 2010. — Artículo 25.1 de la Ley 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana. — 1.200 euros.

En Madrid.—La secretaria general técnica, PO, la jefa del Departamento de Recursos y Régimen Jurídico, María José Rozalén de la Cruz.

(02/3.561/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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