Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 98

Fecha del Boletín 
26-04-2010

Sección 1.4.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100426-62

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

62
Resolución de 3 de marzo de 2010, de la Dirección General de Industrial, Energía y Minas, sobre autorización administrativa de instalaciones eléctricas, aprobación de proyecto de ejecución y declaración en concreto utilidad pública de la instalación de una línea subterránea a 20 kV, a instalar en polígono industrial “Ventorro del Cano, APD-7”, de los términos municipales de Pozuelo de Alarcón y Alcorcón (Madrid), solicitada por “Iberdrola Distribución Eléctrica, Sociedad Anónima Unipersonal”.

06ILE480

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero

Con fecha 13 de julio de 2006 tiene entrada en esta Dirección General escrito de “Iberdrola Distribución Eléctrica, Sociedad Anónima Unipersonal”, en el que se solicita la autorización administrativa, declaración en concreto de utilidad pública y aprobación de proyecto de instalación de una línea eléctrica subterránea, de la que se acompaña el correspondiente proyecto de ejecución, firmado por don Miguel Ángel Sánchez Suárez, visado con el número 200601182, de fecha 12 de mayo de 2006, en el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Madrid.

Segundo

Con fecha 9 de diciembre de 2009 se somete al trámite de información pública que figura en el Real Decreto 1955/2000 (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de diciembre de 2000).

Tercero

Con fecha 9 de diciembre de 2009, don Luis Canales Burguillo, en nombre y representación de “Inmobiliaria Luarca, Sociedad Limitada”, presenta escrito de alegaciones en el que se indica que la servidumbre proyectada causa un grave perjuicio a “Inmobiliaria Luarca, Sociedad Limitada”, y se solicita que la línea discurra por la zona de servidumbre de la carretera M-40.

Cuarto

Con fecha 16 de diciembre de 2009 se da traslado de las alegaciones a “Iberdrola Distribución Eléctrica, Sociedad Anónima Unipersonal”.

Quinto

Con fecha 26 de febrero de 2010, “Iberdrola Distribución Eléctrica, Sociedad Anónima Unipersonal”, contesta a la alegación indicando que se ha solicitado a la Demarcación de Carreteras del Estado la autorización para instalar la línea en terrenos de dominio público de la carretera, la cual fue denegada, por lo que se mantiene la afección de las fincas 7 y 8, si bien en la finca número 8, la afección se reduce a un total de 28,8 metros cuadrados (36 metros de longitud por 0,8 metros de ancho) y una ocupación temporal de 108 metros cuadrados, ya que el resto ha resultado ser una vía pecuaria.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero

La competencia de esta Dirección General de Industria, Energía y Minas para resolver sobre la cuestión planteada viene determinada por el Real Decreto 1860/1984, de 18 de julio (“Boletín Oficial del Estado” de 19 de octubre de 1984); el Decreto 30/2009, de 21 de marzo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 30 de marzo de 2009), en relación con la Ley 54/1997, de 27 de noviembre (“Boletín Oficial del Estado” de 28 de noviembre de 1997); el Real Decreto 1955/2000 (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de diciembre de 2000), por el que se regulan las actividades de transporte, distribución y comercialización, suministro y procedimiento de autorización de instalaciones de energía eléctrica; el Decreto 131/1997, de 16 de octubre, por el que se fijan los requisitos que han de cumplir las actuaciones urbanísticas en relación con las infraestructuras eléctricas (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de octubre de 1997); la Ley 2/2007, de 27 de marzo, por la que se regula la garantía del suministro eléctrico en la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 16 de abril de 2007); el Reglamento de Líneas Aéreas de Alta Tensión; Decreto 3151/1968, de 29 de noviembre (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de diciembre de 1968), y el Reglamento sobre Centrales Eléctricas, Subestaciones y Centros de Transformación; Real Decreto 3275/1982 (“Boletín Oficial del Estado” de 1 de febrero de 1982), y sus instrucciones técnicas complementarias (“Boletín Oficial del Estado” de 1 de agosto de 1984).

Segundo

Esta Resolución finaliza el procedimiento administrativo y se dicta conforme a lo dispuesto en los artículos 87 y 89 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la normativa citada anteriormente en materia de instalaciones eléctricas y cumpliendo las prescripciones exigidas en la misma, habiendo, pues, tenido en cuenta todas las alegaciones formuladas en el procedimiento, tanto por los interesados que comparecieron en el mismo como por el solicitante.

Tercero

Del examen de la documentación que obra en el expediente se desprende que se ha seguido el procedimiento y cumplido los requisitos determinados en la normativa citada anteriormente en materia de instalaciones eléctricas.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación.

Esta Dirección General de Industria, Energía y Minas, en uso de las atribuciones legalmente establecidas,

RESUELVE

Primero

Autorizar a “Iberdrola Distribución Eléctrica, Sociedad Anónima Unipersonal”, la instalación de una línea eléctrica subterránea (06ILE480), a instalar en el polígono industrial “Ventorro del Cano”, APD-7, en los términos municipales de Pozuelo de Alarcón y Alcorcón, cuyas características son las siguientes:

— Instalación de una línea subterránea (06ILE480), triple circuito, a 20 kV de tensión, 2.594 metros de longitud, con conductor HEPRZ-1, 12/20 kV, de 400 milímetros cuadrados, en aluminio, con origen en ST “Pozuelo”, en calle Carreras, coordenadas UTM, X = 430170 e Y = 4473935, y final en CR “Ventorro”, en calle Valdelaguna, coordenadas UTM, X = 428867 e Y = 4472007.

Segundo

Aprobar el proyecto de ejecución de las instalaciones citadas en el apartado anterior con arreglo a las siguientes condiciones:

1. Las obras se realizarán de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen, cumpliendo las prescripciones dispuestas en los Reglamentos vigentes.

2. El plazo de ejecución de la instalación será de un año, contado a partir de la fecha de la presente Resolución, al término del cual se presentará la solicitud de acta de puesta en servicio acompañada de un certificado final de obra suscrito por técnico facultativo competente.

Tercero

Declarar en concreto la utilidad pública de la instalación.

Cuarto

La presente autorización administrativa y aprobación de proyecto de ejecución se concede sin perjuicio de otras autorizaciones, licencias o concesiones que fuese necesario obtener de otros Organismos Oficiales competentes, así como de los propietarios de locales o terrenos.

Contra esta Resolución cabe interponer recurso de alzada en el plazo de un mes a partir de su notificación ante el excelentísimo señor Consejero de Economía y Hacienda de la Comunidad de Madrid, conforme determina el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de noviembre de 1992), en su nueva redacción dada por la Ley 4/1999.

Madrid, a 3 de marzo de 2010.—El Director General de Industria, Energía y Minas, Carlos López Jimeno.

(02/2.868/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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