Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 100

Fecha del Boletín 
28-04-2010

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100428-372

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MURCIA NÚMERO 1

EDICTO

CÉDULA DE CITACIÓN

372
Autos 542 de 2009

Doña Justa María Vicente Franco, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Murcia.

Hago saber: Que en autos número 542 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ismael Moreno Madrid y don Manuel Tomás Moreno Madrid, contra la empresa “Anzábal Instalaciones, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha mandado citar a las partes para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, juicio, de no haber avenencia en el primero, el día 12 de mayo de 2010, a las nueve y treinta horas, ante la Sala de vistas número 10 de este Juzgado de lo social, sita en la avenida Ronda Sur, esquina calle Senda Estrecha, sin número, 30011 Murcia, y número de teléfono 968 817 010.

En la reclamación que se ha dejado expresada, advirtiéndole que es única convocatoria y que deberá concurrir a juicio con todos los medios de prueba de que intente valerse, y que los actos no podrán suspenderse por falta injustificada de asistencia de la parte demandada. Quedando citado para confesión judicial con apercibimiento de poder tenerlo por confeso y advirtiéndole que según preceptúa el artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Para que le sirva de citación en legal forma a “Anzábal Instalaciones, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Murcia, a 29 de marzo de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/14.807/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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