Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 100

Fecha del Boletín 
28-04-2010

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100428-375

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE SEVILLA NÚMERO 10

EDICTO

375
Procedimiento 84 de 2009

Doña Carmen Álvarez Tripero, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 10 de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado, bajo el número 84 de 2009, a instancias de la parte actora, don José Manuel Muñoz Salas, contra Fondo de Garantía Salarial y “Redescom 2005, Sociedad Limitada”, sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado resolución de esta fecha que sustancialmente es del tenor literal siguiente:

Auto

En Sevilla, a 23 de marzo de 2010.—Dada cuenta; y...

Parte dispositiva:

Declarar a la ejecutada “Redescom 2005, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia con carácter provisional por importe de 2.815,73 euros de principal, más 568 euros que provisionalmente se presupuestan para intereses legales y costas del procedimiento, sin perjuicio de su ulterior tasación.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de reposición ante este Juzgado de lo social, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de cinco días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso.

Para la admisión del recurso deberá previamente acreditarse constitución de depósito en cuantía de 25 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado abierta en “Banesto” número 4029/0000/64/008409, utilizando para ello el modelo oficial, debiendo indicar en el campo “Concepto” que se trata de un recurso seguido del código “30” y “Soicial-Reposición”, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma y quienes tengan reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita.

Si no manifiestan alegación alguna se procederá al archivo provisional de las actuaciones.

De conformidad con el artículo 274.5 de la Ley de Procedimiento Laboral, en la redacción dada por la Ley 22/2003, de 9 de julio, concursal, remítase edicto para su publicación en el “Boletín Oficial del Registro Mercantil”.

Así por este auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima señora doña Carmen Lucendo González, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 10 de Sevilla. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—La magistrada-juez de lo social (firmado).

Y para que sirva de notificación a la demandada “Redescom 2005, Sociedad Limitada”, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Sevilla, a 23 de marzo de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/14.074/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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