Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 100

Fecha del Boletín 
28-04-2010

Sección 1.3.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100428-9

Páginas: 5


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE CULTURA Y DEPORTE Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO

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Resolución 24/2010, de 23 de abril, de la Directora General de Deportes de la Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno, por la que se convoca el Curso de Mantenimiento de Instalaciones Acuáticas.

El artículo 19 de la Ley 15/1994, de 28 de diciembre, del Deporte de la Comunidad de Madrid establece que la Administración Deportiva de la Comunidad de Madrid determinará reglamentariamente la formación no reglada en materia deportiva.

Asimismo, el Decreto 78/2009, de 27 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deportes y Portavocía del Gobierno, atribuye a la Dirección General de Deportes en el artículo 26.n) la competencia para “ordenar, promover y fomentar la formación para el sector de la actividad física y el deporte, en especial la formación y el perfeccionamiento de los técnicos deportivos, en colaboración con las federaciones deportivas, y en su caso, los municipios”.

Sobre esta base, la Dirección General de Deportes, consciente de la importancia de la salud en el deporte, y la estrecha relación de la misma con la calidad de las infraestructuras, trabaja para ofrecer los conocimientos necesarios que garanticen el mantenimiento de las instalaciones deportivas con el fin de permitir desarrollar una práctica deportiva segura y de calidad.

Gracias a la formación de los diferentes profesionales que trabajan en el ámbito deportivo se consigue ganar en prevención, seguridad y calidad. Con el fin de conseguir estos objetivos se convoca el curso de Mantenimiento de Instalaciones Acuáticas.

Por todo ello, y en virtud de las competencias atribuidas a esta Dirección General,

RESUELVO

Artículo 1

Objeto

El objeto del Curso de Mantenimiento de Instalaciones Acuáticas es la formación de los profesionales del mantenimiento de las instalaciones acuáticas con el fin de proporcionar la capacidad para el ejercicio de las funciones de mantenimiento de maquinaria, depuración, higiene, manipulación de productos químicos, producción de agua caliente, y otros aspectos relacionados con el funcionamiento de instalaciones acuáticas.

Artículo 2

Destinatarios

El curso se dirige a trabajadores del sector de mantenimiento de instalaciones acuáticas, tanto públicas como privadas, del ámbito de la Comunidad de Madrid, con preferencia a las de titularidad de esta.

Artículo 3

Asignación de plazas

Para la asignación de las plazas se tendrán en cuenta los siguientes criterios:

— Prestación de servicios como mantenedor o maquinista en activo en instalaciones acuáticas de titularidad pública, preferentemente de la Comunidad de Madrid.

— Prestación de servicios como mantenedor o maquinista en activo en instalaciones acuáticas de titularidad privada.

— Orden de presentación de la solicitud.

La presente convocatoria dispone de 24 plazas.

Artículo 4

Solicitudes, documentación y plazos

Los interesados en el curso deberán presentar la siguiente documentación: Solicitud, que se encuentra a su disposición en la sede de la Viceconsejería de Deportes (plaza de la Independencia, número 6, sexta planta), y los documentos acreditativos de la prestación de funciones en la instalación deportiva de que se trate, conforme a los requisitos previstos en el artículo 3 de esta Resolución.

Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 175/2002, de 14 de noviembre, por el que se regula la utilización de las técnicas electrónicas, informáticas y telemáticas por la Administración de la Comunidad de Madrid, dicha solicitud, se encuentra también a disposición de los interesados en la página web de la Comunidad de Madrid (www.madrid.org).

La documentación se podrá presentar desde el día de la publicación de la presente Resolución en el Registro de la Viceconsejería de Deportes (plaza de la Independencia, número 6, cuarta planta), así como en cualquiera de los Registros de la Comunidad de Madrid, en los Registros de la Administración General del Estado y demás Comunidades Autónomas, en los Registros de los Ayuntamientos que han firmado el correspondiente Convenio (esta información puede obtenerse a través del número de teléfono 012) y mediante las demás formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y artículo 16 del Decreto 21/2002, de 24 de enero, por el que se regula la atención al ciudadano en la Comunidad de Madrid.

Si tras el examen de la solicitud presentada esta resultase incompleta o defectuosa, la Dirección General de Deportes requerirá al solicitante para que en el plazo de diez días aporte la documentación necesaria o subsane los defectos observados y, si así no lo hiciese, se le tendrá por desistido de su petición, previa Resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 42 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Artículo 5

Asistencia y certificados

Los participantes en las acciones formativas deberán acreditar una asistencia mínima del 80 por 100 de las clases presenciales para poder acceder al certificado acreditativo de aprovechamiento del curso correspondiente expedido por la Directora General de Deportes.

El certificado se podrá recoger personalmente o por persona expresamente autorizada, a los veinte días de finalizar la actuación formativa y durante el plazo de un mes, en el Área de Formación de la Dirección General de Deportes (plaza de la Independencia, número 6, sexta planta).

Artículo 6

Programa del curso

El curso de Mantenimiento de Instalaciones Acuáticas constará de 5 bloques temáticos, con una duración total de ciento doce horas:

— Bloque 1: Mantenimiento Físico de las Instalaciones Acuáticas.

— Bloque 2: Mantenimiento Sanitario de las Instalaciones Acuáticas.

— Bloque 3: Mantenimiento Químico de las Instalaciones Acuáticas.

— Bloque 4: Prevención de Riesgos Laborales.

— Bloque 5: Energía solar en Piscinas Cubiertas.

Artículo 7

Gratuidad del curso

El curso objeto de la presente Resolución tendrá carácter gratuito.

Artículo 8

Duración, horario y lugar de realización

El curso de Mantenimiento de Instalaciones Acuáticas se iniciará el 3 de mayo y concluirá el 11 de junio, en un horario de diecisiete a veintiuna (de lunes a viernes).

El lugar designado para su realización será el Parque Deportivo “Puerta de Hierro” (carretera de La Coruña, kilómetro 7).

Artículo 9

Resolución del procedimiento

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Vicepresidente, Consejero de Cultura y Deporte y Portavoz del Gobierno, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de acuerdo con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

DISPOSICIÓN ADICIONAL

Única

Se habilita al Registro Telemático de la Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno para la realización de trámites telemáticos durante la tramitación del expediente del procedimiento denominado “Convocatoria del curso de Mantenimiento de Instalaciones Acuáticas”.

Se incluye en el Anexo I del Decreto 175/2002, de 14 de noviembre, del procedimiento: “Convocatoria del curso de Mantenimiento de Instalaciones Acuáticas”, que deberá entenderse modificado en lo relativo a este procedimiento en el texto del último párrafo de la relación de procedimientos adscritos a la actual Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno, siendo de aplicación el siguiente: “Trámites susceptibles de realización ante el Registro Telemático: Todos aquellos que en el momento de la presentación de la solicitud de inicio del procedimiento se encuentren en situación de operativos en la Comunidad de Madrid, de acuerdo con lo establecido en la página web www.madrid.org”.

Por todo lo anterior se publica el impreso adjunto como “Solicitud” en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID a los efectos regulados en el artículo 35.1 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos.

Madrid, a 23 de abril de 2010.—La Directora General de Deportes, Carlota Castrejana Fernández.

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(03/16.909/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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